Resolución 035/2026
La Mesa de Contratación inadmite la oferta de la reclamante porque se ha presentado fuera del plazo establecido. La reclamante no acredita un funcionamiento defectuoso de la Plataforma de Licitación. Además, los servicios técnicos informan que no se ha producido un mal funcionamiento en el sentido que presente la recurrente, por lo que la presentación de la oferta de forma extemporánea solo le es imputable a la licitadora.
