Resolución número 289/2018
Declaración de concluso de recurso contra pliegos de contrato de servicios por pérdida sobrevenida del objeto del recurso.
Declaración de concluso de recurso contra pliegos de contrato de servicios por pérdida sobrevenida del objeto del recurso.
Estimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por nulidad de pleno derecho de actuaciones al haberse adjudicado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido y con infracción del principio de igualdad, al no haberse celebrado las sesiones públicas de la Mesa de contratación, en acto público. (d)
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de servicios por falta de legitimación de la recurrente clasificada en cuarto lugar que solo argumenta contra la oferta de la primera clasificada.
Desestimación de recurso contra Pliegos de contrato de servicios al ser suficiente la información ofrecida respecto a cuál es el convenio colectivo que se ha tenido en cuenta y que se está aplicando. Suficiencia del presupuesto de licitación.
Desestimación de recurso contra Anuncio de licitación de contrato de servicios al confundir la recurrente el contrato en licitación con otro similar del que es adjudicatario en el distrito Puente de Vallecas.
Desestimación de recurso contra adjudicación de acuerdo marco de obras al no apreciarse trato desigual en las ofertas presentadas respecto al límite de páginas del proyecto establecido en los pliegos al valorarse únicamente lo contenido en el número de páginas admitido. Confidencialidad de las oferta, momento en que debe solicitarse. (d)
Estimación de recurso contra rechazo de oferta incursa en presunción de temeridad al exceder el órgano de contratación la discrecionalidad técnica que le es dada por falta de motivación. Inclusión de una clausula contra legem en el pliego, no impugnado en plazo.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de contrato de seguridad, al no estar la oferta de la adjudicataria, como pretende la recurrente incursa en valores desproporcionados según el PCAP ya que el umbral de temeridad está referenciado al sumatorio de los 3 conceptos de la oferta.
Estimación de recurso contra Pliegos de contrato de mantenimiento integral de vías públicas. Errores en los pliegos admitidos por el Ayuntamiento. No se satisface la pretensión de la recurrente puesto que se ha procedido a modificar el PCAP, sin que se haya anulado el anterior y se haya procedido a la publicación completa del nuevo pliego.
Inadmisión de recurso contra la propuesta de la mesa de rechazo de la oferta por no acreditar la viabilidad, al tratarse de un acto no recurrible.