Resolución número 417/2019
Estimación parcial de recurso contra pliegos de contrato de suministro médico. Compete al órgano de contratación establecer la naturaleza y extensión de las necesidades a cubrir con el contrato. Orden de inicio actuación no recurrible. División en lotes competencia del órgano de contratación. Discrecionalidad técnica. Excepcionalidad de hacer referencia a una marca concreta, en su caso, acompañada de la mención “o equivalente”. Arts. 28 y 126 de la LCSP.
