Resolución número 205/2024
Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de solvencia técnica. Los trabajos presentados no están incluidos en los tres dígitos de la CPV que figura en los pliegos.
Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de solvencia técnica. Los trabajos presentados no están incluidos en los tres dígitos de la CPV que figura en los pliegos.
Estimación. Allanamiento órgano de contratación. Equivalencia en Pliegos entre títulos superiores reglados y certificación privada basada en el experiencia. Solo el título oficial es habilitante. Principio de igualdad.
Desestimación de recurso interpuesto contra exclusión por ruptura del anonimato en concurso de proyectos con intervención del Jurado. Exclusión conforme a derecho al haberse incumplido bases del concurso.
Estimación impugnación exclusión por baja desproporcionada. Falta de motivación exclusión.
Recurso contra la exclusión de licitador por incorrecta presentación de su oferta. Licitación manual. Aplicación del artículo 80.4 RGLAP. No se ha acreditado la comunicación y recepción de su presentación en Correos al órgano de contratación.
Recurso contra exclusión de licitador. Estimación. El licitador ha sido admitido a la licitación, su oferta no está incursa en presunción de anormalidad y es la mejor oferta. Extralimitación de la mesa de contratación al exigirle justificación de su oferta.
Recurso planteado por un sindicato contra la determinación del convenio colectivo aplicable, que es materia laboral que compete a la jurisdicción social
Desestimación de recurso contra exclusión de licitador. La oferta no se presentó en plazo. No se ha acreditado la existencia de errores en la plataforma alegados por la recurrente.
Allanamiento del órgano de contratación. No siendo una forma válida de terminación del procedimiento, se estima el recurso fundado en la insuficiente solvencia técnica del propuesto como adjudicatario
Se desestima. La puntuación es correcta. No declara los trabajos realizados por el Jefe de Proyecto. Interpretación literal. No procede solicitar aclaración.