Resolución número 250/2018
Desestimación de recurso contra rechazo de oferta incursa en presunción de temeridad, al no exceder su apreciación por el órgano de contratación de la discrecionalidad técnica que le es dada.
Desestimación de recurso contra rechazo de oferta incursa en presunción de temeridad, al no exceder su apreciación por el órgano de contratación de la discrecionalidad técnica que le es dada.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de contrato de suministro por quedar acreditado en el expediente de contratación que es correcta la puntuación concedida a la adjudicataria en el criterio de valoración sujeto a fórmulas del PCAP.
Desestimación de recurso contra la inadmisión de una oferta en un contrato de suministro por incumplimiento de la obligación de aportar los certificados de calidad requeridos para las luminarias: no se prueba ni que dispongan de otro certificado equivalente ni que los ensayos sean equivalentes.
Desestimación de reclamación contra la exclusión de una licitadora en compromiso de UTE por no acreditar el nivel de solvencia técnica o profesional exigido: acredita haber realizado contratos terminando la fase de obras pero no la obra completa como se pide en el pliego.
Desestimación de recurso contra la exclusión de un licitador de un contrato de servicios: El objeto social de una de las empresas componentes de la UTE no se ajusta al objeto del contrato. Competencia de la Mesa de contratación para la valoración de los requisitos previos y acordar la exclusión de licitadores cuando se ha sustituido la acreditación de dichos requisitos por declaración responsable.
Aceptación de desistimiento expreso en recurso interpuesto contra adjudicación de contrato de suministro.
Desestimación de recurso contra pliegos de contrato de suministro, al permitir su interpretación la presentación de certificados equivalentes, a los certificados solicitados para acreditar la calidad de los productos a suministrar. Principio de proporcionalidad.
Inadmisión de recurso contra un contrato mixto de obras y suministro de instalación de luminarias con tecnología LED al no alcanzar el umbral previsto para la procedencia del recurso especial en relación con el contrato de obras. Correcta calificación del contrato como mixto con preponderancia económica de las obras.
Aceptación del desistimiento expreso en recurso interpuesto contra adjudicación de contrato de servicios.
Estimación de recurso contra los Pliegos de un contrato de suministro y gestión de energía eléctrica calificada de concesión. Error en la calificación ausencia de riesgo. La inclusión en el PCAOP de la obligación de pagar los gastos de asesoramiento al Ayuntamiento y preparación de los Pliegos, no tiene relación con el objeto del contrato ni está prevista en el presupuesto por lo que debe eliminarse.