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5 registros de 5813
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Resolución: 421/2024Fecha: 07/11/2024Solvencias. Adscripción de medios personales y materiales. Recurso contra pliegos que impugna la exigencia de adscripción de medios por considerarla no justificada, desproporcionada y no vinculada al objeto del contrato. La justificación es somera, pero se da en la documentación preparatoria del expediente. Sí está vinculada al objeto del contrato y resulta proporcional a la complejidad técnica.
resolucion_421-2024_expte_411-2024.pdf (272.38 KB) -
Resolución: 420/2024Fecha: 07/11/2024Ofertas anormales. Solicitud y contenido del informe de justificación de la viabilidad de la oferta. Solo es posible tramitar el procedimiento establecido en el 149.4 de la LCSP cuando la oferta se encuentra en baja despropocionada.Fuera de estos casos se podrá proceder de acuerdo con el artículo 201 de la LCSP , según el momento procedimental procedente.
resolucion_420-2024_expte_396-2024.pdf (280.26 KB) -
Resolución: 419/2024Fecha: 07/11/2024Ofertas anormales. Informe técnico del órgano de contratación sobre la justificación de la viabilidad. No se aprecia error ni arbitrariedad en el informe técnico sobre la viabilidad de la oferta.
resolucion_419-2024_expte_384-2024.pdf (271.25 KB) -
Resolución: 418/2024Fecha: 07/11/2024Legitimación. Legitimación parcial. Subrogación de los trabajadores. Recurso contra pliegos interpuesto por organización sindical, a la que sólo se reconoce legitimación para las cuestiones referidas a la defensa de los derechos de los trabajadores. La obligación del artículo 130 LCSP tiene carácter informativo para la confección de ofertas por parte de los licitadores, puesto que las obligaciones laborales en relación al personal a subrogar son indisponibles por pliego.
resolucion_418-2024_expte_381-2024.pdf (253.99 KB) -
Resolución: 417/2024Fecha: 30/10/2024Notificaciones. Prescripciones técnicas. Notificada sin pie de recurso la exclusión de la oferta por no cumplir los requisitos técnicos exigidos, se admite recurso contra la adjudicación por el mismo motivo, aunque se desestima por ser cierto y palmario el incumplimiento.
resolucion_417-2024_expediente_422-2024.pdf (231.33 KB)
