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5 registros de 5813
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Resolución: 431/2024Fecha: 14/11/2024Solvencias. Acreditación de la solvencia conforme al pliego como lex contractus. Solvencia técnica. Los pliegos conforman la ley de contrato por lo que establecida la solvencia técnica en el PCAP habrá que estar a lo allí indicado no pudiendo hacerse interpretaciones restriccivas
resolucion_431-2024_expte_420-2024.pdf (261.75 KB) -
Resolución: 430/2024Fecha: 14/11/2024Varios. Ofertas integradoras. Recurso contra adjudicación de oferta integradora por considerar que la valoración de la misma no ha sido conforme a los pliegos. Desestimación. De acuerdo con los pliegos el concepto "mejor oferta" se determina solamente con las ofertas económicas, sin considerar el resto de criterios de adjudicación. No hubo impugnación de pliegos. Doctrina pliegos lex contractus.
resolucion_430-2024_expte_415-2024.pdf (349.75 KB) -
Resolución: 429/2024Fecha: 14/11/2024Discrecionalidad técnica. veracidad de los informes de los empleados públicos. Motivación de la adjudicación. Desestimación de recurso contra adjudicación que se encuentra motivada "in aliunde". Por otro lado, el recurrente fue propuesto adjudicatario al ser excluida la ahora adjudicataria, exclusión que fue anulada por resolución anterior de este Tribunal. La propuesta de adjudicación no genera derechos.
resolucion_429-2024_expte_405-2024.pdf (334.53 KB) -
Resolución: 428/2024Fecha: 14/11/2024Varios. Ofertas integradoras. Recurso contra adjudicación del contrato de una oferta integradora por indebida valoración. Desestimación. El pliego no contempla a la hora de valoración de la oferta integradora la ponderación del presupuesto de licitación de cada lote que se integra. No hubo impugnación de pliegos. Doctrina pliegos lex contractus.
resolucion_428-2024_expte_394-2024.pdf (837.52 KB) -
Resolución: 427/2024Fecha: 14/11/2024Valoración de las ofertas. Especialidades en cuanto a la valoración de los criterios de adjudicación: Criterios sujetos a juicio de valor. Desestimación de recurso que impugna valoración de criterios de juicio de valor, en la que no se aprecia error, arbitrariedad, ni falta de motivación.
resolucion_427-2024_expte_389-2024.pdf (401.79 KB)
