Resolución número 160/2024
Recurso contra la prórroga de un contrato de concesión de servicios. Inadmisión. Valor estimado inferior a 3.000.000 de euros. Artículo 55 c) LCSP.
Recurso contra la prórroga de un contrato de concesión de servicios. Inadmisión. Valor estimado inferior a 3.000.000 de euros. Artículo 55 c) LCSP.
Reclamación contra licitador propuesto como adjudicatario, Estimación. El requerimiento para presentar la documentación concerniente al artículo 150.2 de la LCSP no fue correcta. Retroacción de actuaciones par practicar nuevo requerimiento.
Se desestima incumplimiento de prescripciones técnicas, pues dándose exclusivamente uno de ellos, en virtud del principio antiformalista, no puede hacerse depender el cumplimiento de un requisito material del de uno formal en la presentación de ofertas en único PDF.
Procedimiento negociado sin publicidad por razones de exclusividad artística. Se plantea el recurso por haber utilizado un procedimiento que no corresponde ante una empresa encargada de preparación de eventos taurinos. El órgano de contratación tras la adjudicación comprueba que la empresa no cuenta con la exclusividad requerida sobre los toreros que deben prestar el servicio, por lo que desiste de la contratación.
Discrecionalidad técnica. No adecuación de la oferta a las prescripciones técnicas exigidas. Se plantea un recurso sobre la exclusión de una oferta por incumplimiento de los productos ofertados, de las prescripciones técnicas exigidas en los pliegos de condiciones. En fase de recurso especial aporta documentación para acreditar el cumplimiento. No puede aceptarse en este momento pues conllevaría una modificación de la oferta, por lo que se desestima.
La recurrente pretende que se anule la adjudicación. Se encuentra clasificada en cuarto lugar y no cuestiona la admisión o valoraciones de las otras dos empresas mejor clasificadas que ella, por lo que ante una hipotética estimación de sus pretensiones no obtendría ningún beneficio. Por ello, se inadmite el recurso por falta de legitimación.
Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento de prescripciones técnicas del adjudicatario. Desestimación. Se acredita su cumplimiento en diversos apartados de la memoria técnica.
Desestimación pues conforme a pliegos, ley del contrato,el marcado CE no ha de cumplirse en las muestras, sino en el producto a suministrar.
Inadmisión por extemporaneidad. Aunque se dirige contra la adjudicación impugna la exclusión por baja temeraria, que se notificó en forma con pie de de recurso y es irrecurrible por el tiempo transcurrido.
Estimación. Inexistencia error material en la revisión de la primera adjudicación.