
Ayudas a la Rehabilitación de Edificios 2019
Se ha ampliado el plazo para la ejecución de las obras
Se amplían en doce meses los plazos de ejecución de las actuaciones
Relación de beneficiarios
Una vez finalizado el plazo de subsanación y analizada la documentación en su caso aportada, se ha publicado la ORDEN de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las RELACIONES DE BENEFICIARIOS de las subvenciones de los programas de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas y programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, convocadas para el año 2019, previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, y el LISTADO DEFINITIVO DE SOLICITANTES EXCLUIDOS.
- Relaciones de beneficiarios
En el listado aparece un código que identifica la causa de exclusión:
Información general
¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?
- Comunidades de propietarios y agrupaciones
- Propietarios de viviendas
- Propietarios únicos de edificios de viviendas
- Sociedades cooperativas
- Administraciones públicas
- Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios
- Empresas de servicios energéticos
¿Qué tipos de obras son subvencionables?
Importe de las ayudas
Importe de las ayudas
- Hasta 8.000 € por vivienda y 80 €/m² de superficie construida de local participante
- Con un máximo 40 % de la inversión subvencionable
Particularidades en el importe de las ayudas
Eficiencia energética y sostenibilidad:
- 12.000 €/viv. en caso de viviendas unifamiliares
Construcción, seguridad de utilización y accesibilidad:
- 3.000 €/viv. si exclusivamente conservación
Posibilidad de incrementos
Destinatarios de los incrementos
- Bienes de Interés Cultural (BIC): La Comunidad de propietarios
- Propietarios con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM (hasta el 75 % de su inversión subvencionable)
- DISCAPACIDAD: hasta el 75 % de su inversión subvencionable
Período de ejecución de las obras
Las obras deben estar iniciadas con posterioridad al 01/01/2018 y el plazo máximo para terminarlas será de 24 meses contados desde la concesión de la ayuda (26 meses, si se actúa en 40 viviendas o más).
Estos plazos han sido ampliados en doce meses, en virtud de la Disposición adicional tercera del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Requisitos de los edificios y viviendas
- Estar finalizados antes de 1996, salvo excepciones
- El 70 % de la superficie construida tenga uso residencial de vivienda
- El 50 % de las viviendas sean el domicilio habitual
- Informe de Evaluación del Edificio (IEE), con carácter previo, presentado en el Ayuntamiento correspondiente
- Acuerdo de la comunidad de propietarios
- Proyecto de Ejecución / Memoria técnica
- Autorización/es administrativa/s correspondientes
Documentación y plazos
El plazo de presentación de las solicitudes es del 25 de mayo al 24 de julio de 2019.
El plazo para justificar las obras es de 3 meses:
- Obras ya finalizadas con anterioridad a la publicación de la resolución: desde la fecha de dicha publicación.
- Obras finalizadas con posterioridad a la publicación de la resolución: desde la fecha de final de obra.
Presentación
Preguntas frecuentes
Normativa
Legislación
ORDEN de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las relaciones de beneficiarios de las subvenciones de los programas de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas y programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, convocadas para el año 2019, previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, y el listado definitivo de solicitantes excluidos
ORDEN de 20 de marzo de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas al fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad y fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas
Bases reguladoras
Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
Convocatoria
EXTRACTO de la Orden de 21 de mayo de 2019, por la que se convocan subvenciones destinadas al programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas y al programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, para 2019
Orden de 21 de mayo de 2019, por la que se convocan subvenciones destinadas al programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas y al programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, para 2019
Resolución sobre solicitudes que requieren subsanación
RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2019, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se aprueban los listados de solicitudes con requerimiento de documentación, susceptibles de subsanación, para la obtención de ayudas económicas correspondientes al programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas, y al programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, convocadas para el año 2019 mediante Orden de 21 de mayo, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras