Enclaves laborales

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Imagen de marroquinero trabajando en el taller
Desplazamiento temporal trabajadores CEE a empresa ordinaria ateniéndose a requisitos específicos.

Un "enclave laboral" consiste en el desplazamiento temporal (para trabajar en un centro de trabajo de otra empresa), de personas con discapacidad que están contratadas por un Centro Especial de Empleo (CEE), ateniéndose a unas características y requisitos específicos.

Los enclaves laborales se materializan a través de un contrato celebrado entre una empresa del mercado ordinario de trabajo (empresa colaboradora) y un Centro Especial de Empleo (CEE) , para la realización de una obra o servicio que guarde relación directa con la actividad normal de la empresa ordinaria. Con esta relación comercial entre empresa ordinaria y Centro Especial de Empleo, se fomenta la creación de empleo para personas con discapacidad y su posible incorporación al mercado abierto, así como el desarrollo de una actividad productiva por un equipo profesional de un Centro Especial de Empleo o CEE en las instalaciones de otra empresa.

Aunque se realice el trabajo en la empresa colaboradora, las personas trabajadoras con discapacidad que compongan el enclave, mantendrán la relación laboral (de carácter especial) con su Centro Especial de Empleo, durante la vigencia del mismo.

¿Quién compone un enclave laboral?

Ventajas de un enclave laboral

Ventajas de un enclave laboral

Ayudas al contratar personas procedentes de enclaves laborales

  • Subvenciones por contrato indefinido a personas con discapacidad que provengan de enclaves

    Subvenciones

    Orden 345/2009, de 13 de febrero (Capítulo III- Artículo 23)

  • Bonificación del 100% cuotas de la Seguridad Social

    Bonificación  Seguridad Social

    Bonificación del 100% de las cuotas empresariales de la Seguridad Social

  • Deducción de la cuota del impuesto sociedades

    Deducción cuota impuestos sociedades

    Deducciones Agencia Tributaria

  • Cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.

    Cumplimiento cuota de reserva

    Real Decreto 364/2005 (artículo 2)

  • Subcontratar actividades principales de una empresa y aproximación al colectivo

    Conocer el potencial de las personas con discapacidad

    Conocimiento de las posibilidades laborales que ofrecen las personas con discapacidad

¿Dónde se regulan?

Regulación enclaves laborales

Los enclaves laborales se regulan por el Estado en 2004  y se desarrollan posteriormente en la legislación de la Comunidad de Madrid, donde se menciona como posible medida alternativa en la autorización de excepcionalidad al cumplimiento de la obligación de contratar la cuota del 2% de personas con discapacidad.