
Becas de Excelencia para universitarios
Becas para alumnos universitarios con aprovechamiento académico excelente
Listados definitivos

Si eres solicitante de Beca de Excelencia, aquí puedes comprobar si se te ha concedido
(*) NOTA:
(1) Para consultar el estado de la solicitud, se debe introducir el NIF y el código de solicitud que figura en el correo electrónico recibido. Este código también lo puedes consultar en tu formulario de solicitud presentado (dónde encontrarlo).
(2) Posibles estados de la beca:
- Concedida definitiva: el dinero de la beca se abonará en la cuenta corriente facilitada en la solicitud, sin que el becario tenga que hacer ningún trámite adicional.
- Excluida definitiva: aquellos que quedan excluidos de la convocatoria, por las causas que en cada caso se determinan.
- Suplente definitiva: aquellos solicitantes que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria, no hayan obtenido dotación económica por haberse agotado el crédito presupuestario disponible.
(3) Notas de corte de la beca:
Las solicitudes admitidas a trámite se ordenan según queda recogido en el Art.16 de las bases reguladoras y se conceden siguiendo ese orden hasta que se agote el número de becas disponibles, quedando el resto de solicitudes con documentación correcta en estado de “suplentes”.
Las becas de Excelencia 22-23 se han otorgado con nota igual o superior a las expresadas en este documento.
Plazos Beca Excelencia curso 22-23
- Plazo de solicitud: del 12 de enero al 1 de febrero de 2023, ambos inclusive.
- Plazo de subsanación: del 20 de abril al 5 de mayo de 2023, ambos inclusive.
- Publicación listados definitivos: 21 de julio de 2023.
Pasos para solicitar la beca
Pasos a seguir para solicitar la beca
- Rellena la solicitud on-line, dentro del plazo establecido. Este modelo de solicitud será de uso obligatorio. Antes de generar el documento de solicitud, comprobar que todos los datos son correctos. Junto con la solicitud se te generará el Anexo I o Anexo II, en caso de ser necesario.
- Imprime y firma el PDF que se genera (debe ser firmado por el solicitante de beca, independientemente de que sea o no mayor de edad).
- CON LA SOLICITUD, adjunta la documentación solicitada:
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente.
- DNI (Puedes autorizar su consulta en la propia solicitud y así no tener que presentarlo).
- Autorización representante (solo en el caso de que otra persona FIRME LA SOLICITUD en tu nombre).
- Además...
- ...si eres alumno de inicio con título de Bachillerato + EvAU: Certificado definitivo de las calificaciones de la EvAU, expedido por la universidad en la que superaste la prueba y donde constan las calificaciones de la misma y la nota media de Bachillerato.
- ...si eres alumno de inicio con título de FP de Grado Superior: Certificado definitivo de las calificaciones de la fase optativa de la EvAU, expedido por la universidad en la que superaste la prueba y Anexo I debidamente cumplimentado, firmado y sellado por tu centro de FP (o con firma electrónica, con Código Seguro de Verificación).
- ...si eres alumno ya matriculado en la universidad o enseñanzas artísticas superiores: Anexo II (generado al cumplimentar la solicitud) debidamente cumplimentado, firmado y sellado por tu facultad o escuela.
- Si dispones de certificado digital, puedes firmar la solicitud y presentarla on-line, junto al resto de documentación. Si no dispones de certificado digital, puedes presentar la solicitud y los documentos en un registro oficial. En este caso, no olvides solicitar cita previa (a tu nombre, o al de la persona que lleve la documentación al registro. Si has firmado tú la solicitud y la lleva otra persona al registro, no es necesaria la autorización de representante). Por último, también puedes presentarla por correo postal. (*)
- Si necesitas ayuda, contacta con nosotros.
(*) Para más información sobre las formas válidas de presentación de solicitud de beca, consulta el apartado “Presentación de solicitudes y documentación”.
Después de solicitar la beca
- Tras revisar todas las solicitudes, se publicará en este mismo espacio de la web un enlace en el que podrás comprobar el estado de tu solicitud (LISTADOS PROVISIONALES). Deberás estar pendiente de su publicación, te aconsejamos que añadas esta web a los favoritos de tu navegador.
- Si en dicho listado tu solicitud está ADMITIDA PROVISIONAL, significa que presentaste la documentación correctamente y en plazo. Desde ese momento, tu solicitud está en estudio y tendrás que esperar a la resolución definitiva de la beca para saber si se te concede o quedas suplente.
- Si tu solicitud está EXCLUIDA PROVISIONAL, significa que contiene errores o defectos que tienen que ser subsanados y deberás aportar lo que se te pida en el plazo de subsanación indicado.
- Tras concluir el plazo de subsanación, se revisarán todas aquellas aportaciones que hayáis hecho y se adjuntarán a vuestros expedientes.
- Finalizado el proceso, se publicarán los LISTADOS DEFINITIVOS; se habilitará de nuevo el enlace para que podáis comprobar, en este caso, si habéis obtenido la beca o no.
- El pago se realizará en la cuenta que hicisteis constar en la solicitud, por ello es muy importante que la mantengáis activa durante todo este proceso.
Objeto y requisitos de los solicitantes
Objeto
Estas becas tienen por objeto facilitar el desarrollo de los estudios universitarios y de las enseñanzas artísticas superiores de los alumnos con aprovechamiento académico excelente, a cuyo fin los beneficiarios podrán destinar libremente los fondos concedidos a costear su propio mantenimiento.
Requisitos de los solicitantes
Podrán ser beneficiarios los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos en las bases reguladoras, se encuentren matriculados en enseñanzas oficiales en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la misma, y cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid, o en un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso académico al que hace referencia la presente convocatoria.
En el caso de alumnos que participen en programas de movilidad, únicamente podrá ser beneficiarios aquellos cuya universidad, centro adscrito universitario o centro superior de enseñanzas artísticas de origen sea alguno de los contemplados en el párrafo anterior.
Convocatoria
Orden nº 2911/2022, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria de Becas de Excelencia, correspondiente al curso 2022-2023, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.
Orden nº 2069/2016, de 23 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de Becas de Excelencia para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.
La cuantía de las becas será de 2.100 euros, que será abonada conforme a lo establecido en las bases reguladoras.
Se convocan un total de 3.215 becas, de las cuales 1.125 son para alumnos de nuevo ingreso y 2.090 para alumnos ya matriculados en enseñanzas universitarias o en enseñanzas artísticas superiores.
De las 1.125 becas para alumnos de nuevo ingreso, se reservan 5 becas para los alumnos que acceden a las enseñanzas artísticas superiores. De las 2.090 becas para alumnos ya matriculados, se reservan 5 becas para los alumnos matriculados en las enseñanzas artísticas superiores.
Las solicitudes admitidas a trámite se ordenarán según queda recogido en el Art.16 de las bases reguladoras y se concederán siguiendo ese orden hasta que se agote el número de becas disponibles, quedando el resto de solicitudes con documentación correcta en estado de “suplentes”.
Orientativamente, puedes consultar las notas de corte de la Beca de Excelencia del pasado curso 2021-22, que quedaron finalmente establecidas para cada grupo. Las becas se otorgaron con nota igual o superior a las expresadas en este documento.
La nota media mínima necesaria para solicitar las becas será la siguiente:
- Alumnos de nuevo ingreso en la universidad: 12,800 puntos. (*)
- Alumnos que acceden a centros superiores de enseñanzas artísticas según el procedimiento descrito en el artículo 7.2, apartados a) y b): 12,00 puntos, calculadas según las fórmulas establecidas en dichos apartados.
- Alumnos ya matriculados en enseñanzas universitarias y artísticas superiores:
- Enseñanzas técnicas de ciclo corto y de ciclo largo, y estudios de grado adscritos a la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura: 8,15
- Estudios de Medicina, dobles titulaciones y simultaneidad de estudios: 8,65
- Resto de titulaciones: 9,15 puntos.
- Enseñanzas artísticas superiores: 8,50 puntos.
Las anteriores puntuaciones deberán haberse obtenido en convocatoria ordinaria.
Asimismo, los alumnos ya matriculados en enseñanzas universitarias o en enseñanzas artísticas superiores deberán haber aprobado en dicha primera convocatoria ordinaria la totalidad de créditos o asignaturas en los que se hayan matriculado.
Los alumnos de nuevo ingreso en la universidad que opten a la beca de excelencia deberán haber realizado la prueba o evaluación de acceso a la universidad en alguna de las universidades públicas del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
(*) Aclaración sobre el cálculo de nota ÚNICAMENTE PARA LOS ALUMNOS PROCEDENTES DE EvAU:
A efectos de la Beca de Excelencia, el cálculo de la nota se realizará según la fórmula expresada en el Artículo 7 a) de las bases reguladoras, donde M1 y M2 se ponderarán por el coeficiente 0.2, en cualquier caso. Las materias objeto de esta ponderación serán única y exclusivamente aquellas que el estudiante hubiera realizado en la FASE OPTATIVA (voluntaria) de la EvAU, NO SIENDO PONDERABLES EN NINGÚN CASO a efectos de esta beca ninguna de las materias realizadas en el BLOQUE OBLIGATORIO.
- Podrán acogerse a las presentes ayudas, los alumnos matriculados en alguna de las siguientes enseñanzas:
- Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado.
- Enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, conducentes al título superior de enseñanzas artísticas.
- Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
- Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta Orden, las ayudas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo, postgrado o doctorado, estudios de máster, especialización o títulos propios de las universidades o de centros superiores de enseñanzas artísticas.
- Se podrá obtener por una única vez la beca por el turno de estudiantes de nuevo ingreso en la universidad o en centros superiores de enseñanzas artísticas superiores, salvo que el beneficiario una vez concedida hubiese realizado renuncia expresa con devolución de importe percibido.
- Quedan excluidos los alumnos titulados, o que estén en disposición de obtener el título, en enseñanzas universitarias oficiales o enseñanzas artísticas superiores.
- Solo se podrá ser beneficiario de la beca por un único turno y grupo.
► CONTACTA CON EL CIAU para cualquier duda que tengas en tu tramitación de beca.
Presentación de solicitudes y/o documentación
Presentación en forma presencial
Imprimir y firmar el documento generado acompañándolo de la documentación requerida en su caso (artículo 7 de las bases reguladoras).
► IMPORTANTE: Para su entrega presencial en un registro, será OBLIGATORIO solicitar cita previa.
Entregar la documentación en cualquier Oficina de Registro de la Comunidad de Madrid o en alguno de los Registros adheridos al correspondiente convenio.
NOTA: NO SE PUEDEN ENTREGAR DOCUMENTOS EN EL CENTRO DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO UNIVERSITARIO SITUADO EN C/ ALCALÁ 32, AL NO TRATARSE DE UNA OFICINA DE REGISTRO.
Envío postal
En caso de envío postal, la solicitud y documentación anexa se presentará en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja de la solicitud se haga constar con claridad el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión, de acuerdo con lo establecido en el art. 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la Prestación de los Servicios Postales.
Dirección de envío postal preferente:
Registro de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
D. G. de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores
Calle del General Díaz Porlier, 35.
28001 Madrid
Presentación telemática
- En el supuesto de presentación por vía telemática, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” establecidos en España. Una vez cumplimentada la solicitud, se enviará a través del Registro Telemático de la Consejería competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores, junto con el resto de la documentación requerida. La documentación en formato digital deberá reunir los siguientes requisitos:
- Proceder del documento original y contar con la suficiente calidad que permita su correcta visualización.
- El formato de los ficheros de documentación así como su tamaño máximo deberá ajustarse a lo establecido, a estos efectos, en la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
- El solicitante deberá conservar los documentos originales, pudiendo ser requeridos por el órgano instructor o cualquiera de los previstos en el artículo 23 de estas bases reguladoras.
► Enlace a la presentación telemática de la Comunidad de Madrid
► Enlace para aportar documentación en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid
Documentos
► Resolución definitiva alumnos ya matriculados
► Resolución definitiva alumnos inicio
► Resolución provisional alumnos ya matriculados
► Resolución provisional alumnos inicio
► Anexo II (alumnos ya matriculados)
► Anexo I (alumnos inicio FP)
► Solicitud alumnos ya matriculados
► Solicitud alumnos nuevo ingreso
► Coeficiente "a" Enseñanzas Artísticas Superiores
► Extracto de la orden
► Orden de la convocatoria
► Bases reguladoras
► Modelo de autorización representante