
Becas para alumnos universitarios con discapacidad
Fomentan y facilitan el desarrollo de los estudios universitarios de los alumnos con discapacidad.
Listados definitivos

Si eres solicitante de Beca para alumnos con discapacidad, aquí puedes comprobar si se te ha concedido
Plazos de la convocatoria
- Plazo de solicitud: del 13 de abril al 5 de mayo de 2023, ambos inclusive.
- Plazo de subsanación: del 9 al 22 de junio de 2023, ambos inclusive (PLAZO CERRADO).
- Publicación listados definitivos: 6 de septiembre de 2023.
Contacto CIAU
Si tienes algún problema con la solicitud de beca, duda o consulta que realizarnos, puedes ponerte en contacto con nosotros en los teléfonos 91 720 02 06 / 07 o a través de correo electrónico, en el buzón informacion.universitaria@madrid.org.
Los alumnos que han solicitado esta beca y que deseen asistir presencialmente al CIAU para consultar dudas, se les atenderá sin necesidad de cita previa (en la medida de lo posible y dando prioridad a aquellas personas que sí estén citados). IMPORTANTE: no se pueden entregar documentos en el CIAU, situado en C/ Alcalá nº 32, al no tratarse de una oficina de registro.
En el Centro de Información y Asesoramiento Universitario (CIAU) queremos ayudarte.
Pasos para solicitar la beca
Pasos a seguir para solicitar la beca
- Rellena la solicitud on-line, dentro del plazo establecido. Este modelo de solicitud será de uso obligatorio. Antes de generar el documento de solicitud, comprobar que todos los datos son correctos.
- Imprime y firma el PDF que se genera (debe ser firmado por el solicitante de beca, independientemente de que sea o no mayor de edad).
- CON LA SOLICITUD, adjunta la documentación solicitada:
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente.
- Certificado de discapacidad (si está expedido por la Comunidad de Madrid, puedes autorizar su consulta en la propia solicitud y así no tener que presentarlo).
- DNI (del mismo modo, puedes autorizar su consulta).
- Autorización representante: solo en el caso de que otra persona FIRME LA SOLICITUD en tu nombre.
- Si dispones de certificado digital, puedes firmar la solicitud y presentarla on-line, junto al resto de documentación. Si no dispones de certificado digital, debes presentar la solicitud y los documentos en un registro oficial. No olvides solicitar cita previa (a tu nombre, o al de la persona que lleve la documentación al registro. Si has firmado tú la solicitud y la lleva otra persona al registro, no es necesaria la autorización de representante). Por último, también puedes presentarla por correo postal. (*)
- Si necesitas ayuda, contacta con nosotros.
(*) Para más información sobre las formas válidas de presentación de solicitud de beca, consulta el apartado “Presentación de solicitudes y documentación”.
Después de solicitar la beca
- Tras revisar todas las solicitudes, se publicará en este mismo espacio de la web un enlace en el que podrás comprobar el estado de tu solicitud (listados provisionales). Deberás estar pendiente de su publicación, te aconsejamos que añadas esta web a los favoritos de tu navegador.
- Si en dicho listado tu solicitud está ADMITIDA PROVISIONAL, significa que presentaste todo correctamente y en plazo, y solo tienes que esperar a la resolución definitiva de la beca para saber si se te concede.
- Si tu solicitud está EXCLUIDA PROVISIONAL, significa que contiene errores o defectos que tienen que ser subsanados y deberás aportar lo que se te pida en el plazo de subsanación indicado.
- Tras concluir el plazo de subsanación, se revisarán todas aquellas aportaciones que hayáis hecho y se adjuntarán a vuestros expedientes.
- Finalizado el proceso, se publicarán los listados definitivos; se habilitará de nuevo el enlace para que podáis comprobar, en este caso, si habéis obtenido la beca o no.
- El pago se realizará en la cuenta que hicisteis constar en la solicitud, por ello es muy importante que la mantengáis activa durante todo este proceso.
Presentación de solicitudes y/o documentación
Entrega presencial
Imprimir y firmar el documento generado acompañándolo de la documentación requerida en su caso (artículo 7 de las bases reguladoras).
► IMPORTANTE: Para su entrega presencial en un registro, será OBLIGATORIO solicitar cita previa.
Entregar la documentación en cualquier Oficina de Registro de la Comunidad de Madrid o en alguno de los Registros adheridos al correspondiente convenio.
NOTA: NO SE PUEDEN ENTREGAR DOCUMENTOS EN EL CENTRO DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO UNIVERSITARIO SITUADO EN C/ ALCALÁ 32, AL NO TRATARSE DE UNA OFICINA DE REGISTRO.
Presentación telemática
1.- Acceder al registro telemático de la Comunidad de Madrid.
2.- Presentar el fichero pdf generado en este portal.
3.- Anexar en formato digital el resto de documentación requerida.
Para esta opción de presentación de la solicitud es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid. Todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y demás normativa autonómica aplicable.
► NOTA: Si optas por la presentación por registro electrónico de la Comunidad de Madrid, tu solicitud será firmada por el certificado de sello de órgano (firma electrónica que permite identificar y autenticar la actuación administrativa) de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, teniendo plena validez jurídica y administrativa a efectos de solicitud de su beca.
Envío postal
En el caso de envío postal, presentar la solicitud y documentación anexa en sobre abierto, con objeto de que se selle la cabecera de la misma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del R.D. 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales. Dirección de envío:
BECAS PARA ALUMNOS CON DISCAPACIDAD
REGISTRO DE LA VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
CALLE DEL GENERAL DÍAZ PORLIER, 35.
28001 - MADRID
NOTA: si una vez cumplimentada la solicitud se observa algún error o se quiere realizar algún cambio en los datos:
- Si no se ha presentado la solicitud, se pueden modificar los datos que se consideren incorrectos. El sistema ofrece la posibilidad de recargar los datos de la misma con el número de referencia indicado en la parte de arriba de la misma. A continuación, seguir el procedimiento.
- Si se ha presentado la solicitud vía registro: contacte con nosotros.
Objeto y destinatarios
Objeto
Fomentar y facilitar el desarrollo de los estudios de los alumnos con discapacidad igual o superior a 33% en condiciones económicas de independencia, a cuyo fin los beneficiarios podrán destinar libremente los fondos concedidos a costear su propio mantenimiento.
Destinatarios
Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria, aquellos alumnos en los que concurran las siguientes circunstancias:
- Tener una discapacidad legalmente reconocida igual o superior al 33%
- Estar matriculado durante el curso 2022/2023 en una universidad de la Comunidad de Madrid, centro adscrito a las mismas o en un centro superior de enseñanzas artísticas, cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid, conforme a los siguientes criterios:
- Los alumnos incluidos en el intervalo del 33% al 49% de grado de discapacidad, deberán haberse matriculado en al menos 30 créditos en el curso especificado en la convocatoria.
- Los alumnos incluidos en el intervalo del 50% al 70% de grado de discapacidad, deberán haberse matriculado en al menos 20 créditos en el curso especificado en la convocatoria.
- Los alumnos con grados de discapacidad superiores al 70% deberán haberse matriculado en al menos 10 créditos en el curso especificado en la convocatoria.
Convocatoria
La cuantía de la ayuda será el resultado de multiplicar el porcentaje del grado de discapacidad del solicitante por el coeficiente multiplicador correspondiente, conforme a la siguiente distribución:
- Grado de discapacidad superior o igual al 33% e inferior o igual al 49%. El coeficiente multiplicador será de 10 euros.
- Grado de discapacidad superior o igual al 50% e inferior o igual al 70%. El coeficiente multiplicador será de 12 euros.
- Grado de discapacidad superior al 70%. El coeficiente multiplicador será de 15 euros.
Las solicitudes se ordenarán por el grado de discapacidad de mayor a menor hasta agotar el crédito presupuestario. En caso de empate se concederá la ayuda a aquellos solicitantes que acrediten la condición de víctima de violencia de género. Si fuera necesario un criterio adicional, se tendrá en cuenta la fecha y hora de entrada de la solicitud en el registro.
Orden de la convocatoria
Orden 671/2023 del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convocan las ayudas a alumnos con discapacidad que cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores para el curso 2022-2023.
Orden por la que se aprueban las bases reguladoras
Orden 1728/2017, de 16 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1219/2015, de 24 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a alumnos con discapacidad que cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores y por la que se convocan las ayudas para el curso 2014-2015.
El importe máximo que la Comunidad de Madrid destinará a estas ayudas es 300.000 €.
Podrán acogerse a las presentes ayudas, los alumnos matriculados en alguna de las siguientes enseñanzas:
- Títulos oficiales de grado y máster.
- Complementos de formación para acceso al máster o grado.
- Títulos oficiales de grado o máster en Enseñanzas Artísticas Superiores.
Quedan expresamente EXCLUIDAS las ayudas para la realización de estudios correspondientes a doctorado, estudios de especialización y títulos propios de las universidades, de centros adscritos o de centros de enseñanzas artísticas superiores.