Tintorerías: claves para un servicio impecable
Que las prendas se devuelvan con algún desperfecto o que estas no se hayan limpiado o teñido de manera correcta, son algunas de las reclamaciones que se producen tras la visita de los consumidores a las tintorerías en la Comunidad de Madrid.
Las tintorerías son establecimientos que ofrecen servicios de limpieza y teñido de prendas y en ocasiones de conservación de algunos productos que los consumidores no van a utilizar en un tiempo y prefieren guardarlo en buenas condiciones para evitar su posible deterioro. Es el Real Decreto 1453/1987, de 27 de noviembre el que regula este tipo de servicios. Como consumidor, debe conocer los derechos que le amparan cuando utiliza estos servicios.
Obligaciones del establecimiento
Los servicios de tintorería comprenden servicios de limpieza, ya sea en seco, incluyendo el desmanchado y secado de las prendas; aquella que no es en seco y que incluye el lavado y secado de los productos; el teñido y la conservación de los tejidos.
Siempre que utilice uno de estos establecimientos, los responsables están obligados, una vez haya entregado las prendas, a facilitarle un resguardo que incluya, entre otros, el nombre de la empresa, el tipo de servicio solicitado, el detalle de las prendas que dejará para su limpieza, la fecha de recogida y el precio.
En caso de que exista la posibilidad de un deterioro de la prenda, bien porque esta no esté en buen estado, porque vaya a ser sometida a algún tratamiento especial, o porque como consumidor solicite un tratamiento que no sea el indicado para la prenda, el establecimiento deberá informarle de esa situación, y declinar, en su caso, la responsabilidad sobre la misma.
Puede acordar con el establecimiento una valoración previa de la prenda a efectos de la indemnización por si esta sufre un deterioro o una pérdida. Esta valoración debe quedar por escrito en el resguardo que le entreguen.
Cuando retire las prendas, será obligatorio la entrega del resguardo, que servirá como documento justificativo a efectos de la reclamación. Tenga en cuenta que no se le podrán cobrar cantidades superiores a los que figuran en el resguardo.
Tendrá tres meses para retirar los artículos del establecimiento, sin tener que pagar ningún recargo o suplemento. A partir de esa fecha, el establecimiento podrá cobrarle una cantidad como guardarropa o conservación siempre que se haga constar el importe en un lugar visible al público.
Recomendaciones generales
Para evitar posibles reclamaciones y malos servicios, es recomendable tener en cuenta los siguientes consejos:
- Revise el estado de la prenda que vaya a dejar en la tintorería, compruebe los desperfectos en botones, corchetes y otros elementos, así como que no haya objetos o papeles en los bolsillos.
- Exija el justificante o resguardo y compruebe que están incluidas todas las observaciones del servicio.
- Compruebe, una vez que le han entregado la prenda, que han desaparecido todas las manchas y que no tiene ningún desperfecto que no tuviera antes.
- Si cree que la limpieza es defectuosa, puede exigir que se la realicen de nuevo, sin cargo alguno.
- Establezca, de común acuerdo con el responsable del establecimiento, la valoración de la prenda, a efectos de indemnización, en caso de extravío o deterioro, y que esta indemnización aparezca en el resguardo.
- Si la prenda ha sufrido durante la limpieza algún desperfecto, podrá exigir una indemnización en función de éste, previo acuerdo con el responsable del establecimiento.
- En caso de no llegar a un acuerdo, podrá utilizar las hojas de reclamaciones que deben existir en el establecimiento.
Reclamaciones
Si usted ve vulnerados sus derechos como consumidor puede hacer una reclamación, bien solicitando una hoja de reclamaciones en el establecimiento, o bien presentándola en cualquier formato en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana a su domicilio, por internet o en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios.
Fecha de actualización: 2 de octubre de 2023