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Textil y calzado: precaución con las etiquetas

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Los productos textiles son una de las compras más habituales entre las personas consumidoras. El etiquetado de estos productos nos ofrece información importante sobre qué tipo de prenda estamos adquiriendo y sobre cómo debemos cuidarlas.

Cuando se trata de ropa y calzado, la información que facilita la etiqueta es fundamental, ya que aporta detalles importantes sobre la procedencia, la composición, las características y el mantenimiento de las prendas.

 

Información obligatoria en productos textiles

 

Todos los productos textiles deben responder a unas exigencias de etiquetado. La etiqueta debe venir al menos en castellano y ser de material resistente, duradero, preferiblemente textil, e ir cosida a la pieza de manera permanente. Deberá incluir: 

  • Nombre o razón social del fabricante, comerciante o importador y, su domicilio social.

  • El número de registro industrial del fabricante, si el producto ha sido fabricado en España. Si el producto ha sido fabricado fuera de España, pero se distribuye en el mercado nacional, deberá llevar el número de identificación fiscal del importador y el país de origen.

  • Composición del producto, según indicaciones dadas en el apartado anterior.

Cuando dos o varios productos textiles formen de modo usual un conjunto inseparable y tengan idéntica composición de fibras, podrán ir provistos de un solo etiquetado. 

Para que un producto se considere como textil, debe estar compuesto por fibras textiles al menos en un 80 % de su composición. 

En el caso de los textiles del hogar y ropa de cama, cuando se vendan por juegos o unidades, la etiqueta debe ir colocada en cada una de las piezas. En el caso de que se vendan en una caja, el etiquetado deberá ir colocado en la caja, donde deberá constar el número de piezas que incluye.

Recuerde que las etiquetas o marcados pueden sustituirse o completarse por documentos comerciales que acompañen a dichos productos. Las denominaciones de fibras textiles y descripciones de productos puros, lana virgen y múltiples fibras, se indicarán por ejemplo, en los documentos comerciales de acompañamiento.

 

Información sobre la composición

 

Al adquirir una prenda textil es importante comprobar cual es su composición. Le indicamos algunas pautas:

  • Sólo pueden etiquetarse como «100 %», «puro» o «todo» los productos que se compongan exclusivamente de una única fibra, o cuando tengan un máximo de un 2 % de otras fibras si está justificado por motivos técnicos o un 5 % en productos obtenidos por proceso de cardado.
  • En los productos de “lana virgen” o “lana de esquilado” el artículo estará compuesto exclusivamente de una fibra de lana que no se ha incorporado a un producto acabado y que no ha sido sometida a operaciones de hilatura.
  • También puede utilizarse la expresión “lana virgen”, cuando la lana contenida en una mezcla de fibras textiles esté compuesta por una sola fibra de lana, representa como mínimo un 25 % del peso total de la mezcla, o en caso de mezcla íntima, la lana solo está mezclada con otra única fibra.
  • Cuando un producto está compuesto por dos o más fibras, la información de la etiqueta debe detallar la denominación de cada fibra en orden decreciente según su porcentaje en peso. Sin embargo, una fibra individual que no llegue al 5 % o varias fibras que no superen el 15 % conjuntamente pueden designarse como “otras fibras”.
  • Si un producto textil contiene partes no textiles de origen animal, debe indicarse en el etiquetado con la frase “contiene partes no textiles de origen animal”.
  • Existe una lista de productos textiles para los que no son obligatorios el etiquetado ni el marcado. Entre ellos se encuentran las pulseras de reloj, o las cremalleras.

En los productos que estén compuestos por dos o más fibras, cuando una de ellas represente como mínimo el 85% del peso total, se designará:

  • Por el nombre de la fibra y su porcentaje en peso

  • Por el nombre de la fibra y la indicación 85 %

  • Por la composición porcentual completa del producto, ordenada de mayor a menor

Cuando ninguna de las fibras alcance el 85% del peso total, se designará por el porcentaje de, al menos, las dos fibras con porcentajes mayores. Cuando ninguna fibra suponga más del 10 %, se usará la expresión “otras fibras”.

Los símbolos de conservación, aportan información sobre el lavado, planchado, secado, también sobre si el tejido es ignífugo, impermeable o puede encoger. Esta información no es obligatoria, si bien, resulta muy práctica porque puede ayudar a evitar posibles deterioros en los artículos causados por un mal tratamiento de limpieza.

Por eso, The International Association for Textile Care Labelling, establece unos símbolos relacionados con el "etiquetado de conservación”, respecto de lavado, blanqueado, secado, planchado y cuidado profesional que son utilizados y reconocidos en todo el mundo.

Etiquetado de calzado 

 

Según la normativa, se entiende por calzado, aquellos productos con suela destinados a proteger o cubrir los pies, excluyendo la venta de zapatos usados, los de protección individual y los de juguete.

Cuando hablamos de calzado, la etiqueta debe presentarse en el propio zapato (en uno de cada par), estar impresa, pegada, o en un soporte atado y ha de estar bien sujeta, visible y accesible. En ella se tiene que indicar el material que represente al menos el 80 % de la composición. Si ningún material llega a ese porcentaje, se deben indicar los dos materiales principales que formen parte de la composición.

La etiqueta debe proporcionar información sobre las tres partes que lo componen: empeine, suela y forro - plantilla. La composición deberá indicarse mediante pictogramas:

pictograma empeineEmpeine: Se refiere a la parte del calzado situada en la cara exterior del elemento estructural que va unido a la suela.

forro plantillaForro y plantilla: Se refiere al elemento del calzado que está formado por el forro del empeine y la plantilla de la suela, los cuales constituyen el revestimiento interior del zapato.

pictograma suelaSuela: Es la parte inferior del calzado, que está sometida al desgaste por rozamiento y que va unida al empeine.

El vendedor es el responsable de que este tenga su correspondiente etiquetado. Además tiene la obligación de exponer, en un lugar destacado del establecimiento, un cartel, fácilmente visible y legible, en el que se explique el significado de las figuras que pueden aparecer en el etiquetado.

  • pictograma cuero Cuero
  • cuero untado Cuero untado
  • pictograma textiles Textiles naturales y textiles sintéticos
  • otros materiales Otros materiales y tejidos

 

Garantía y devoluciones

 

Si se encuentra, en los tres años siguientes a la compra, con algún defecto de fabricación en el artículo textil que ha adquirido, puede exigir al vendedor que aplique la garantía. Aunque debe recordar que esta no incluirá los daños o desgastes que se produzcan por el uso habitual.

Sepa que para poder hacer efectiva la garantía es necesario presentar la factura, el tique o resguardo de compra del producto adquirido, por lo que es importante conservarlo.

En el caso de las devoluciones, debe tener en cuenta que los establecimientos no están obligados a la devolución, salvo que el producto esté defectuoso o no cumpla con las características específicas en la venta, por lo que es conveniente que se informe sobre las políticas de devolución de los establecimientos antes de la compra.

Cada establecimiento debe establecer las condiciones y plazos de devolución; si la devolución se efectúa en metálico o mediante vales de tienda; si el envoltorio puede estar abierto o no, etc.

 

Reclamaciones

 

Recuerde que siempre que tenga un problema con un producto, o no esté de acuerdo con el etiquetado de alguna prenda, puede solicitar una hoja de reclamaciones y presentarla en la Oficina Municipal de Información al Consumidor más cercana a su domicilio o en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid. También podrá presentar su reclamación o solicitud de arbitraje con certificado digital, a través de internet.

 

Fecha de actualización: 10 de octubre de 2024