Créditos rápidos y tarjetas "revolving": cuidado con la letra pequeña
A lo largo del año puede haber momentos o situaciones en que nos planteemos pedir un crédito rápido o una tarjeta "revolving". Antes de contratarlos conozca su funcionamiento y los derechos que le asisten como consumidor.
Los créditos rápidos son concedidos por las entidades bancarias, así como por algunas empresas privadas, que apenas exigen garantía alguna, ya que no exigen nómina ni avales. Estos créditos deben devolverse en plazos breves.
En el caso de las tarjetas de pago aplazado, conocidas como tarjetas "revolving" , permiten aplazar el pago de las compras mes a mes, lo que nos permite disponer siempre de un crédito listo para imprevistos.
No obstante, hay que tener precaución con estos productos, ya que, a cambio de la rapidez y la “facilidad” para obtener el dinero, las condiciones de devolución no son nada favorables para el consumidor, por los altos intereses que exigen. En el siguiente reportaje, detallamos las principales características de cada una de estas operaciones.
Tarjetas de pago aplazado o "revolving"
Las tarjetas `revolving´ son una modalidad de tarjetas de crédito que permiten devolver el importe de las compras realizadas con ella, a plazos, a través de cuotas periódicas que incluyen el pago de unos intereses y comisiones. Tienen establecido un límite de crédito disponible y, con cada cuota que se paga, se puede volver a disponer del importe del capital que se amortiza.
Se debe tener especial precaución con el uso de este tipo de tarjetas, ya que los intereses que se aplican al capital endeudado son elevados y oscilan entre un 20% y un 30%. Un porcentaje muy alto que viene acompañado, por norma general, de una cuota mensual pequeña respecto de la deuda acumulada, que provoca que la amortización total se realice en un plazo muy largo y la cifra de intereses vaya aumentando.
Asimismo, este tipo de tarjetas hace que no sea posible emitir un cuadro de amortización previo (como sí sucede, por ejemplo, si se contrata un préstamo), ya que tanto la deuda como las cuotas mensuales a pagar son variables.
Es conveniente que, antes de decidir financiar el pago con una de estas tarjetas, se informe de cuáles son los intereses que va a pagar. Para ello es muy importante solicitar la T.A.E. (Tasa Anual Equivalente), que nos dice cuál es el interés global sobre el capital endeudado.
Si necesita utilizar esta tarjeta para realizar alguna transacción, procure usarla para aplazar una única compra y guardarla hasta que se haya liquidado toda la deuda. De esta manera, evitará generar más deuda e intereses.
No obstante, si decide financiar sus pagos, solicite un detalle pormenorizado de las operaciones realizadas, de forma que se refleje la deuda pendiente de la manera más clara posible.
Además, en el caso de que la amortización de la deuda se vaya a hacer en un largo plazo de tiempo, es conveniente que solicite que le informen de forma periódica, acerca de:
- El plazo de amortización previsto, es decir, cuándo se terminará de pagar si no se hace ningún otro movimiento o gasto,
- Un ejemplo de los diferentes escenarios sobre el posible ahorro que supondría aumentar el importe de la cuota,
- El importe de la cuota mensual, que le permitiría liquidar toda la deuda en un año.
Las entidades financieras están obligadas a presentar contratos con una descripción, en lenguaje claro y sencillo, de las distintas modalidades de pago previstas en el contrato, y a incluir expresamente el término “revolving”.
Del mismo modo, exige que se presente al cliente un ejemplo representativo del crédito, que incluya información básica sobre el límite del crédito, el importe total adeudado, el tipo deudor, la tasa anual equivalente, el plazo de amortización y la cuota a pagar. Dicho ejemplo reflejará las distintas alternativas de financiación y las cuotas, plazos, intereses y cantidad total a devolver.
Créditos rápidos
Son préstamos que se caracterizan por la rapidez en la concesión, si bien a un precio que suele ser superior a otras operaciones de financiación. Apenas exigen trámites y gestiones para su concesión. Con el DNI, la nómina, algún recibo y los datos de nuestra cuenta bancaria podemos solicitar este tipo de préstamos. Además, son muy flexibles para devolver el dinero al banco.
No obstante, por norma general, el tipo de interés que se aplica a estos créditos suele ser superior al habitual en los créditos personales y suele ser obligatorio suscribir un seguro para cubrir el riesgo de impago del crédito en determinados casos.
Las empresas que ofrecen este tipo de préstamos se caracterizan por:
- Suelen usar una publicidad muy agresiva, en Internet, redes sociales, radio o televisión. incitando a contratarlos sin ofrecer información completa a los consumidores, destacando la facilidad de concesión del préstamo y la contratación.
- Ofertan cantidades de dinero no muy elevadas, que normalmente los bancos no suelen conceder, por tratarse de cantidades demasiado bajas.
- Apenas exigen garantías para su concesión, es frecuente que les baste con que el posible cliente tenga una cuenta bancaria y un teléfono móvil.
- El plazo de devolución es muy corto (un mes, o menos).
- Los intereses son muy elevados.
Las empresas que ofrecen estos productos financieros a veces no son entidades de crédito. Todas ellas están obligadas a cumplir una serie de requisitos en cuanto a la información que tienen que ofrecer a los consumidores antes de contratar, entre las que destacan:
- Información completa acerca de las condiciones generales de contratación y la relación de gastos y comisiones que repercuten (por ejemplo, en caso de impago).
- Si en su publicidad hacen referencia a las cifras relacionadas con el coste del préstamo, deben incluir la Tasa Anual Equivalente (T.A.E) con un ejemplo.
Consejos y recomendaciones
- En primer lugar, es conveniente que, al igual que en la contratación de un servicio o en la compra de un producto, solicite información a varias entidades bancarias o empresas y compare entre las distintas ofertas que le ofrecen la que mejor se adapta a sus necesidades.
- Lea atentamente y con detenimiento las condiciones generales del contrato antes de contratar una tarjeta revolving o un crédito rápido.
- Recuerde que puede ejercer su derecho de desistimiento de cualquier producto bancario que contrate a distancia (por internet, por teléfono, por ejemplo). Tiene, como mínimo, 14 días naturales para desistir de la contratación, sin tener que dar ninguna explicación.
- Revise la lista de gastos y comisiones que pueden cobrarle, para evitar gastos adicionales.
Para ampliar información sobre créditos rápidos y tarjetas "revolving" consulte el siguiente video del Portal del Consumidor
Reclamaciones
En caso de no estar de acuerdo con algún concepto o comisión que le hayan cobrado, o con la actuación de la empresa, en caso de que se trate de una entidad de crédito, diríjase por escrito al Servicio de Atención al Cliente. Si en el plazo de un mes no ha recibido respuesta o la que le han ofrecido no le satisface, puede dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España. También puede dirigirse a los tribunales de justicia.
Si la empresa no es una entidad de crédito, compruebe si está asociada o adherida a la Asociación Española de Micropréstamos (AEMIP), en cuyo caso, puede apelar a su código de buenas prácticas. Además, el Banco de España ofrece en su página web, un listado con las entidades de crédito registradas. Si necesita solicitar uno, puede hacerlo con alguna de ellas.
Actualizado el 19 de noviembre de 2024