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Aprobación: 19/07/2022

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, aprobado por unanimidad, en su sesión de 19 de julio de 2022, emitido ante la consulta formulada por el alcalde de Navalcarnero, a través del consejero de Administración Local y Digitalización, al amparo de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, sobre revisión de oficio del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2021, por el que se adjudica el contrato de gestión de la Escuela Infantil Trébole a KIRIKU GALO, S.L. y el contrato de gestión de la Escuela Infantil Barco de Papel a la UTE KIRIKU GALO-MISTRAL.

Aprobación: 06/06/2019

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, aprobado por unanimidad en su sesión de 6 de junio de 2019, sobre la consulta formulada por el alcalde de Valdemoro, a través del vicepresidente, consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, al amparo del artículo 5.3 de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre sobre declaración de nulidad de la concesión administrativa de uso privativo de la parcela de dominio público, sita en ……, para la construcción y explotación de un conjunto dotacional deportivo, comercial y genérico, adjudicada a la empresa XXX.

Aprobación: 30/05/2019

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, aprobado por unanimidad, en su sesión de 30 de mayo de 2019, emitido ante la consulta formulada por el alcalde de Valdemoro, al amparo del artículo 5.3 de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, sobre revisión de oficio de la adjudicación del contrato de gestión del servicio público consistente en la explotación de las instalaciones deportivas de “El Caracol” adjudicado a ……. (en adelante, “la empresa” o “la contratista”).

Aprobación: 30/05/2019

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, aprobado por unanimidad en su sesión de 30 de mayo de 2019, sobre la consulta formulada por el alcalde de Valdemoro, a través del vicepresidente, consejero de Presidencia y portavoz del Gobierno, al amparo del artículo 5.3 de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre sobre declaración de nulidad de la concesión administrativa de uso privativo de una porción del bien de dominio público recinto deportivo del Paseo del Prado para la construcción y explotación de una cafetería restaurante.

Aprobación: 17/06/2015

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 17 de junio de 2015, emitido ante la consulta formulada por el alcalde-presidente de Majadahonda, en relación con el expediente sobre resolución del contrato de suministro de las Licencias de Uso no exclusivo del Sistema de Gestión Integral de Selección y Mantenimiento del Software de la Bolsa de Empleo, suscrito con la empresa A. Conclusión:El contrato cuya resolución se pretende está extinguido por transcurso de su plazo de duración, por lo que no procede la resolución contractual.

Aprobación: 14/01/2015

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 14 de enero de 2015, emitido ante la consulta formulada por el coordinador general de la alcaldía de Madrid, en relación con el expediente sobre resolución del contrato de gestión de servicio público, en la modalidad de concesión administrativa, del mercado municipal de “Las Ventas”, adjudicado a la Asociación A.Conclusión: (1) El órgano competente para acordar la resolución del contrato es el Pleno del Ayuntamiento. (2) Concurre causa de resolución del contrato por la insolvencia definitiva de la concesionaria, en virtud de la declaración de concurso y la apertura de la fase de liquidación.

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Aprobación: 13/02/2013

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 13 de febrero de 2013, emitido ante la consulta formulada por el rector de la Universidad Rey Juan Carlos, sobre el procedimiento de revisión de oficio incoado por el rector, del acto administrativo preparatorio consistente en la admisión a la licitación del contrato de concesión de obra pública de construcción y posterior explotación de una residencia universitaria en el Campus de Fuenlabrada de la Universidad Rey Juan Carlos.Conclusión: No concurre la causa de nulidad prevista en el artículo 32 de la LCSP, por lo que no procede la revisión de oficio del acuerdo.
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