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Aprobación: 15/04/2015

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 15 de abril de 2015, emitido ante la consulta formulada por el alcalde de Morata de Tajuña, en relación con expediente sobre resolución del contrato de enajenación de la parcela aaa de la Unidad de Actuación número bbb, sita en la calle A, número ccc, propiedad del Ayuntamiento de Morata de Tajuña y con destino a la construcción de 80 viviendas de protección pública básica (VPPB) y 95 plazas de garaje, de tipología colectiva a la Sociedad B.Conclusión: 1.ª_ Procede la resolución del contrato por falta de formalización del mismo imputable al contratista, con los efectos del artículo 54.3 TRLCAP y en la cláusula 14 PCAP. 2.ª_ No procede la aplicación de la cláusula 16 PCAP. Las responsabilidades que correspondan a cada parte deberán examinarse en un expediente contradictorio de liquidación del contrato.

Aprobación: 03/09/2014

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 3 de septiembre de 2014, emitido ante la consulta formulada por el alcalde de Casarrubuelos, sobre revisión de oficio del acto administrativo Decreto de 14 de junio de 2012, según el cual se declara la situación de excedencia forzosa solicitada por un trabajador municipal. Conclusión: Concurre el motivo de nulidad del artículo 62.1.f) LRJ-PAC.

Aprobación: 23/07/2014

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 23 de julio de 2013, emitido ante la consulta formulada por el alcalde de Valdemoro, sobre revisión de oficio de acuerdo de aprobación del Reglamento municipal de utilización de las instalaciones y servicios deportivos municipales del Ayuntamiento de Valdemoro.Conclusión: Concurre el motivo de nulidad del artículo 62.2 LRJ-PAC.

Aprobación: 21/05/2014

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 21 de mayo de 2014, emitido ante la consulta formulada por el consejero de Asuntos Sociales, sobre la resolución del contrato de gestión de Servicio Público titulado “Atención a personas mayores en 125 plazas residenciales financiadas parcialmente por la Consejería de Familia y Asuntos Sociales".Conclusión: Procede la resolución del contrato por incumplimiento del contratista, con incautación de la garantía constituida.

Aprobación: 21/05/2014

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 21 de mayo de 2014, emitido ante la consulta formulada por el consejero de Asuntos Sociales, en relación con el expediente sobre resolución del contrato de gestión de servicio público en la modalidad de concierto denominado “Atención a personas mayores en plazas residenciales subvencionadas por la Consejería de Familia y Asuntos Sociales. Año 2005” del que se adjudicaron treinta y cinco plazas a la Unión Temporal de Empresas (UTE) A.Conclusión: Procede la resolución del contrato por incumplimiento del contratista, con incautación de la garantía constituida.

Aprobación: 21/05/2014

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 21 de mayo de 2014, emitido ante la consulta formulada por el consejero de Asuntos Sociales, sobre resolución del contrato de gestión de servicio público en la modalidad de concierto denominado “Atención a personas mayores en centros residenciales (180 plazas)” del que se adjudicaron cuarenta y cinco plazas a A.Conclusión: Procede la resolución del contrato por incumplimiento del contratista, con incautación de la garantía constituida.

Aprobación: 21/05/2014

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 21 de mayo de 2014, emitido ante la consulta formulada por el consejero de Asuntos Sociales, en relación con el expediente sobre resolución del contrato de gestión de servicio público en la modalidad de concierto denominado “Atención a personas mayores en plazas residenciales subvencionadas por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. Año 1999” del que se adjudicaron cinco plazas a A.Conclusión: Procede la resolución del contrato por incumplimiento del contratista, con incautación de la garantía constituida.

Aprobación: 30/04/2014

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 30 de abril de 2014, emitido ante la consulta formulada por el consejero de Presidencia, Justicia y portavoz del Gobierno, sobre la resolución del contrato de cesión del derecho de superficie sobre las parcelas municipales sitas en la calle A, nº aaa, para la construcción de instalaciones deportivas y de equipamiento, celebrado con la Fundación B.

Aprobación: 17/04/2013

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, aprobado por mayoría con voto particular discrepante el 17 de abril de 2013, emitido ante la consulta formulada por el consejero de Sanidad sobre resolución del contrato de suministro para la adquisición de material de curas destinado al Hospital Universitario de Móstoles.Conclusión: Procede la resolución del contrato de suministro por incumplimiento culpable de las obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato, por parte del contratista, sin incautación automática de la garantía constituida de la garantía constituida y con su retención hasta la resolución del procedimiento para la determinación de los daños y perjuicios causados.

Aprobación: 27/06/2012

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 27 de junio de 2012, emitido ante la consulta formulada por el alcalde de San Agustín del Guadalix, sobre revisión de oficio del proceso de selección de una plaza de técnico de administración general.Conclusión: No procede la revisión de oficio de la oferta de empleo público. Procede la revisión de oficio de las bases específicas que rigen la convocatoria al contener una reserva encubierta de funciones públicas “ad personam”.Procede la revisión de oficio de la Resolución por la que se efectúa la convocatoria para proveer una plaza de técnico de administración general jurídico, al amparo del artículo 62.1 e) LRJ-PAC, al no estar amparada en Oferta de Empleo Público previa y por tanto faltar un trámite esencial para su aprobación.

Aprobación: 23/05/2012

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 23 de mayo de 2012, sobre consulta formulada por la alcaldesa de Madrid, en el asunto antes referido y promovido por M.S.A.V.H., sobre los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la ejecución forzosa de la limpieza y saneamiento de su vivienda.

Aprobación: 21/12/2011

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 21 de diciembre de 2011, emitido ante la solicitud formulada por la alcaldesa presidenta de Quijorna, sobre revisión de oficio del Decreto de la Alcaldía, de 4 de enero de 2010, dictado en expediente aaa por nulidad de pleno derecho.Conclusión: No concurre el motivo de nulidad del artículo 62.1.f) LRJ-PAC. Concurre el motivo de nulidad del artículo 62.1.e) LRJ-PAC por lo que procede la declaración de nulidad del Decreto.De la declaración de nulidad que se deriva del expediente de revisión de oficio, se sigue igualmente que todos los nombramientos a que se refiere este expediente sean nulos de pleno derecho, debiendo retrotraerse las actuaciones al momento inmediatamente posterior a la primera propuesta del Tribunal de selección.

Aprobación: 21/09/2011

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 21 de septiembre de 2011, emitido ante la consulta formulada por el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno sobre la resolución del contrato de “Servicio de atención en sala en el Centro de Arte Dos de Mayo”. Conclusión:El procedimiento está caducado.

Aprobación: 06/04/2011

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 6 de abril de 2011, emitido ante la solicitud formulada por el vicepresidente, consejero de Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno, sobre revisión de oficio de la Resolución nº 436/2010, de 26 de julio, del consejero delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM), de Adjudicación Provisional del Lote II (“Servicio de transporte IP de prestaciones medias”) del contrato de servicios denominado “Servicios de Telecomunicaciones de la Comunidad de Madrid: Servicios de operador de datos”.Conclusión: No procede la revisión de oficio.

Aprobación: 02/02/2011

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 2 de febrero de 2011, emitido ante la consulta formulada por el Alcalde de Mejorada del Campo, sobre resolución del contrato de enajenación, mediante concurso público, procedimiento abierto, del lote de parcelas de propiedad municipal correspondientes al Sector 6 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), para la promoción de viviendas con protección pública destinadas al uso asignado a cada una de ellas a la entidad A. Conclusión: Procede la resolución por falta de formalización del contratista.

Aprobación: 13/10/2010

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 13 de octubre de 2010, emitido ante la consulta formulada por el Alcalde de Morata de Tajuña, sobre resolución del contrato de enajenación de la parcela PR-1 de la Unidad de Actuación número 24, sita en la calle A, número aaa, propiedad de Morata de Tajuña y con destino a la construcción de 80 viviendas de protección pública básica (VPPB) y 95 plazas de garaje, de tipología colectiva a la Sociedad B. Conclusión: Procede la retroacción para dar audiencia a la adjudicataria y al avalista.

Aprobación: 13/10/2010

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 13 de octubre de 2010, emitido ante la consulta formulada por la Consejera de Educación, sobre resolución del contrato de servicios de transporte escolar suscrito el 31 de agosto de 2009. Conclusión: Concurre causa de resolución.

Aprobación: 10/12/2008

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 10 de diciembre de 2008, emitido ante la solicitud formulada por la Consejería de Empleo y Mujer, sobre revisión de oficio de resolución presunta de autorización de expediente de regulación de empleo de la empresa A.Conclusión: En el procedimiento de revisión de oficio no concurre la causa de nulidad de pleno derecho. Dicho procedimiento habría caducado por no constar en el expediente que se ha notificado a la Empresa la suspensión del procedimiento para solicitar dictamen del presente Consejo.

Aprobación: 10/12/2008

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 10 de diciembre de 2008, emitido ante la solicitud formulada por la Consejera de Empleo y Mujer, sobre revisión de oficio de resolución presunta de autorización de expediente de regulación de empleo de la empresa A.Conclusión: En el procedimiento de revisión de oficio no concurre la causa de nulidad de pleno derecho. En el momento en que se acuerda iniciar el procedimiento de revisión de oficio el acto no era susceptible de ser objeto de dicho procedimiento de conformidad con lo expresado en el considerando de derecho primero del dictamen. No obstante lo anterior, puede entenderse que el escrito presentado por los trabajadores se tramite por la vía procedimental manifestada en el considerando de derecho primero del dictamen.

Aprobación: 10/12/2008

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 10 de diciembre de 2008, emitido ante la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Nuevo Baztán, sobre licencia de segregación de la finca sita en la C/ A nº aaa, inscrita en el Registro de la Propiedad nº 4 de Alcalá de Henares como finca nº bbb, obtenida por silencio administrativo.Conclusión: No procede declarar la nulidad de pleno derecho de la licencia de segregación dado que no existe acto administrativo alguno que revisar.
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