Resolución número 457/2024
Inadmisión, por ser el recurso contra un acto de trámite no cualificado y por tanto no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión, por ser el recurso contra un acto de trámite no cualificado y por tanto no susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión por tratarse el acto recurrido (propuesta de adjudicación), de un acto administrativo no susceptible de impugnación a través de recurso especial.
Lugar y forma de presentación del REMC. Acreditación de la representación para interponer el recurso especial en materia de contratación. Se solicita que acredite dicha representación. La documentación se presenta fue del plazo establecido por lo que se le da por desistido del procedimiento. Se requirió a la recurrente para que subsanase la falta de firma en el escrito que ampliaba el recurso inicialmente interpuesto y los poderes que acrediten su representación.
Legitimación. Falta de legitimación. Interpone el recurso el Presidente de un partido político sin representación en la coorporación. Inadmision
Legitimación. Recurso contra adjudicación de contrato basado de acuerdo marco. Inadmisión. Falta de legitimación de la recurrente, que aun estimando sus oretensiones no alcanzaría la posición de adjudicatario.
Inadmisión por cuantía.
Varios. Inadmisión de recurso al carecer de objeto, ya que los pliegos fueron anulados por resolución anterior a la fecha de presentación del recurso especial.
Actos no recurribles. Inadmisión. La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no es un acto susceptible de recurso especial en materia de contratación al no ser un acto de trámite cualificado.
Legitimación. Presentado recurso contra los criterios de valoración, el recurrente no ha presentado oferta, no existiendo ningún motivo para impedírselo. En aplicación de la doctrina de este Tribunal no se considera que se encuentre legitimado
Actos no recurribles. Inadmisión por cuantía. Artículo 44.1.c) de la LCSP.