Resolución número 251/2022
Los recurrentes incluyen el sobre 2 parcialmente documentación que debe contar en el sobre 3. Se les excluye del procedimiento de licitación por contaminación de las ofertas. De acuerdo con la doctrina no procede una exclusión automática, sino que hay que valorar caso por caso si realmente se ha vulnerado el secreto y ha podido influir en la valoración de los criterios sujetos a juicio de valor.
