Preguntas frecuentes de consumo
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He puesto una reclamación en Consumo de la Comunidad de Madrid. Me han mandado un escrito y tengo que mandar las alegaciones. ¿Cómo puedo hacerlo?
Durante el proceso de presentación de reclamaciones de consumo, es habitual que nos pidan ampliación de documentación o que se tengan que realizar alegaciones, tanto por parte del reclamante, como por parte del reclamado.
Si usted es el reclamante y necesita presentar alegaciones o documentación, puede hacerlo a través de este enlace.
Si la empresa reclamada tiene que presentar alegaciones o documentación podrán hacerlo a través de este enlace.
También puede acudir presencialmente a cualquiera de los registros existentes en la Comunidad de Madrid, solicitar cita previa y desde allí le ayudarán a enviar las alegaciones o documentación que le hayan solicitado.
Recuerde que si es una empresa, debe comunicarse con la administración vía telemática, por lo que puede que no le acepten la documentación en los registros físicos.
¿Qué tengo que hacer para renovar el bono social eléctrico?
Si usted ha obtenido el bono social después de la fecha del 31 de marzo de 2022, no tiene que volver a solicitarlo dado que se renueva cada dos años de forma automática. La comercializadora comprobará que se mantienen los requisitos para poder renovarlo o no, siendo la empresa comercializadora la que comunicará al consumidor la renovación del bono social, haciendo expresa indicación de la fecha hasta la que resultará de aplicación.
Sin embargo, si usted tenía concedido el bono social con anterioridad a esa fecha y era por Renta, Pensionista o Ingreso Mínimo Vital, debe renovarlo y para ello deberá volver a solicitarlo a su comercializadora, presentando una nueva solicitud y toda la documentación acreditativa. Si se supera la fecha de vigencia del bono social y no se ha entregado ninguna solicitud, dejará de aplicarse. En todo caso, el titular puede presentar en cualquier momento una nueva solicitud de bono social que, en caso de resultar aceptada por la comercializadora, se aplicará desde la fecha en que usted entregó la solicitud.
Aparte, en el caso de las familias numerosas el bono se renovará automáticamente, independientemente de la fecha en la que lo solicitarán. El bono permanecerá vigente hasta que se cumpla el título de familia numerosa.
¿Cuál es el plazo para que una compañía de seguros pague la indemnización por un siniestro?
El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo.
En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas.
Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado.
¿Tengo derecho de desistimiento si contrato un seguro por internet?
Sí. Como con cualquier otro servicio que se contrate a distancia, tiene derecho a desistir del contrato en un plazo de 14 días naturales, sin tener que pagar ninguna penalización.
Si se trata de un seguro de vida, el plazo es de 30 días.
¿Pueden cobrarme un suplemento en un establecimiento si pago con tarjeta?
No. Según la legislación vigente, las empresas no pueden cobrar ningún recargo adicional cuando un consumidor utilice la tarjeta de crédito o débido para realizar sus pagos.
¿Pueden cobrarme una llamada al servicio de atención al cliente de mi compañía?
No, si es una compañía que presta servicios de carácter básico de interés general, deberán disponer, de un teléfono de atención al consumidor gratuito. Los servicios básicos de interés general son: los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen.
Si son otros servicios, la llamada a los servicios de atención al consumidor no podrá suponer un coste superior al de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar.
He encargado una reforma en mi cocina. ¿Cuál es el plazo de garantía cuando terminen el trabajo?
El tiempo de garantía para los servicios de albañilería o fontanería será el establecido en el presupuesto, en el contrato y en la propia factura.
En el caso de las piezas y materiales, será de tres años, si son nuevas, y mínimo de uno, si son usadas.
Si le instalan algún producto como un grifo, una ventana o una mampara de baño, sepa que el periodo de garantía es de tres años, no solo para los productos, sino también para la instalación, siempre y cuando la instalación esté incluida en la prestación del servicio.
¿Puedo llevar mi bicicleta en el tren?
Sí. Usted podrá llevar a bordo del tren su bicicleta, siempre que se cumplan las limitaciones contempladas por la compañía. Tenga en cuenta que algunas compañías le pediran una reserva previa de plaza para la bicicleta.
Las empresas ferroviarias podrán restringir el derecho de los viajeros de llevar bicicletas a bordo del tren por razones operativas o de seguridad, en especial en razón de los límites de capacidad aplicables durante las horas punta o cuando el material rodante no lo permita.
Las empresas ferroviarias también podrán restringir el transporte de bicicletas en función de su peso y dimensiones.
Publicarán en su sitio web oficial las condiciones aplicables al transporte de bicicletas, en especial información actualizada sobre la disponibilidad de la capacidad. Recuerde que las empresas ferroviarias deben establecer un número adecuado de plazas para bicicletas teniendo en cuenta el tamaño de la composición del tren, el tipo de servicio y la demanda de transporte de bicicletas.
Para más información al respecto puede consultar el Reglamento europeo que regula las obligaciones de los viajeros de ferrocarril.
Mi vuelo para Berlín salía en noviembre y la compañía me lo ha anulado en septiembre. ¿Tengo derecho a indemnización?
No. Los pasajeros no tendrán derecho a una compensación en caso de que:
- Se les informe de la cancelación al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista,
- Se les informe de la cancelación con una antelación de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista
- Se les informe de la cancelación con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
En su caso le han informado de la cancelación con dos meses de antelación, por lo tanto no tiene derecho a indemnización.
¿Puede la compañía de gas natural cortarme el suministro por falta de pago?
Sí. Según establece la normativa, la empresa distribuidora de gas natural podrá suspender el suministro cuando hayan transcurrido al menos dos meses desde que les hubiera sido requerido el pago al consumidor y sin que el mismo se hubiera hecho efectivo.
La empresa deberá comunicar esta decisión a la dirección que, a efectos de comunicación, figure en el contrato de suministro del consumidor, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción de la notificación.
Si se lleva a cabo el corte de suministro, deberá ponerse en contacto con la empresa y tener en cuenta que el restablecimiento supone un plazo de espera de 48 horas posteriores al pago de la deuda pendiente y de los costes adicionales. Si, por el contrario, la empresa llega a poner fin al contrato, el plazo para volver a restablecerlo podrá ser mayor de las 48 horas.
Para evitar esta situación, se recomienda a los usuarios tener sus datos bancarios y dirección postal actualizados.
En caso de corte, si han vulnerado sus derechos como consumidor, puede presentar una reclamación o solicitar un arbitraje. Para más información, puede consultar el apartado de gas en el Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid.

