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¿Cómo se puede poner una reclamación en consumo durante la nueva normalidad?
Durante la nueva normalidad, le recomendamos que siempre que le sea posible, presente su reclamación vía internet, para evitar desplazamientos y contactos innecesarios.
No obstante, puede presentar la reclamación ante la Dirección General de Comercio y Consumo (previa solicitud de cita) o bien, ante las Oficinas de Información al Consumidor más cercanas a su domicilio (consulte si están abiertas y si requieren cita previa).
Para presentar una reclamación ante la Dirección General de Comercio y Consumo puede utilizar alguno de estos procedimientos:
- Acudir a la Oficina de Atención al Consumidor, en la C/ Ramírez de Prado 5, bis. 28045-Madrid. Para ello es necesario solicitar cita previa en el teléfono 012 o en el siguiente enlace.
- Descargar el impreso oficial desde el siguiente enlace, cumplimentarlo y remitirlo por alguno de estos medios:
- Por correo ordinario o certificado a la siguiente dirección: Dirección General de Comercio y Consumo. C/ Ramírez de Prado 5, bis. 28045-Madrid
- Si dispone de firma electrónica puede presentarlo de forma telemática, a través del siguiente enlace (se accede al registro electrónico de la Comunidad de Madrid). Para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación a través de internet puede consultar el siguiente enlace.
En cualquier de los Registros que actualmente tienen atención presencial, con cita previa. Puede consultar los registros que están operativos en el siguiente enlace.
¿En cuánto tiempo puedo tener resuelta mi reclamación a través de PMED?
El tiempo mínimo será de seis días y el máximo de noventa desde que reciba el primer correo comunicándole el inicio de la intermediación y dependerá de la disposición de la otra parte a llegar a un acuerdo y la rapidez en las respuestas.
La intermediación es un procedimiento de solución de reclamaciones basado en la voluntad de las partes en conflicto. Pero lo que yo quiero es que un tercero se pronuncie o resuelva mi reclamación. ¿Qué debo hacer?
La resolución de los conflictos entre dos partes corresponde a los juzgados y tribunales. Si la empresa contra la que se reclama está adherida al sistema arbitral de consumo y presenta una solicitud de arbitraje, los órganos de arbitraje podrán resolver su problema.
He contestado a una propuesta de solución pulsando en el botón “Aceptar”, pero en realidad no estoy de acuerdo y lo que quería es rechazarla ¿Qué puedo hacer?
Una vez aceptada la propuesta no existe posibilidad de revertir la acción. Recuerde que se le han otorgado tres días para contestar reflexivamente.
He recibido un correo avisándome de que se iniciaba una intermediación y que podía acceder a la Plataforma de Intermediación PMED para solucionar el conflicto, pero al intentar acceder a la información pulsando en el enlace me da error. ¿Qué puedo hacer?
Puede plantear su problema, adjuntando una captura de pantalla del error, en la dirección de correo plataforma.mediaciones@madrid.org.
¿Necesito certificado digital para operar con PMED?
No es necesario. Puede operar con cl@ve PIN o cl@ve permanente.

