Resultados
He presentado una reclamación ante la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid y me piden documentación. ¿Cómo puedo enviarla?
Para enviar alegaciones o documentación complementaria, puede hacerlo a través del siguiente enlace. Siga los pasos que le indica el programa y podrá enviarlo por registro electrónico.
También puede hacerlo a través del Registro Electrónico General, indicando el número de expediente y el órgano administrativo al que va dirigido.
Si tiene dificultades para enviar la documentación vía telemática le recomendamos contactar con el teléfono 012 / 91 580 42 60.
Puede obtener más información sobre reclamaciones en el siguiente enlace del Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid.
Somos una empresa y tenemos que presentar alegaciones a un expediente de arbitraje..¿Cómo podemos hacerlo?
Para presentar documentación o alegaciones a un arbitraje de consumo del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo puede hacerlo a través del siguiente enlace.
Si no le funcionara el enlace anterior, también puede registrarlo a través del Registro Electrónico General. Indicando el número de expediente y el órgano al que va dirigido, que en este caso es el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo de Ramírez de Prado nº 5 bis, 28045 de Madrid.
Si tiene dificultades para enviar la documentación vía telemática, le recomendamos contactar con el teléfono 012 / 91 580 42 60.
Para más información sobre arbitraje y otras cuestiones relacionadas con el consumo, puede acceder al siguiente contenido del Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid.
Solicité un arbitraje de consumo y ahora tengo que aportar documentación y alegaciones ¿Cómo puedo hacerlo?
Para presentar documentación o alegaciones a un arbitraje de consumo del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo puede hacerlo a través del siguiente enlace.
También puede registrarlo a través del Registro Electrónico General. Indicando el número de expediente y el órgano al que va dirigido, que en este caso es el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo en calle Ramírez de Prado nº 5 bis, 28045 de Madrid.
Si tuviera dificultades para enviar la documentación vía telemática le recomendamos contactar con el teléfono 012 / 91 580 42 60.
Si prefiere hacerlo presencialmente puede acudir a la Oficina de Atención al Consumidor solicitando cita previa. No obstante, también puede acudir sin cita a la Oficina situada en Ramírez de Prado 5 bis. 28045 de Madrid, cualquier día de lunes a viernes de 9 a 13:30 horas, teniendo en cuenta la prioridad en la atención de las citas concertadas.
Para más información sobre arbitraje y otras cuestiones relacionadas con el consumo, puede acceder al siguiente contenido del Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid.
Presenté una reclamación en consumo y ahora me piden documentación. ¿Cómo puedo presentarla?
Si usted presentó una reclamación y quiere presentar alegaciones o le han pedido documentación, sepa que puede hacerlo a través de su carpeta ciudadana (Situación de expedientes). En caso de que no le aparezca su reclamación, puede presentar alegaciones y documentación a través de:
* La administración electrónica de la Comunidad de Madrid, que requiere certificado de firma electrónica y para lo que puede utilizar el formulario habilitado al efecto o el Formulario genérico.
* Los registros presenciales de las distintas administraciones.
* Las oficinas de Correos, mediante lo que se llama "correo administrativo", ya que deja constancia de la fecha en que usted lo presenta, o en las representaciones diplomáticas.
De manera más indirecta también puede aportar información a través del siguiente enlace.
No olvide indicar siempre el número de expediente que le hayan asignado. En el teléfono de información 012 pueden ayudarle a subir los archivos o a solicitar cita previa para alguna de las Oficinas de Registro.
Sigo recibiendo llamadas comerciales. ¿Es legal?. ¿Cómo puedo conseguir que dejen de llamarme?
Desde la reforma de 2022 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, las compañías ya no pueden seguir realizando llamadas comerciales no deseadas a los clientes.
Sin embargo, si usted sigue recibiéndolas, puede deberse a la excepción contemplada por la ley, que establece que estas llamadas sí podrán seguir realizándose cuando exista un "consentimiento expreso" del consumidor. Este consentimiento expreso puede haberse realizado de forma consciente o inconsciente dentro de los parámetros rellenados en los procedimientos de contratación o suscripción.
Por ello, si usted quiere dejar de seguir recibiendo estas llamadas, puede hacerlo contactando con su compañía y anulando dicho consentimiento expreso, en el caso de que exista. También puede hacerlo inscribiéndose en el registro gratuito de ficheros de exclusión publicitaria, conocido como la Lista Robinson.
¿Qué es PMED y cómo puedo tramitar una reclamación a través de esta plataforma?
Si usted ha tenido algún problema con una empresa y quiere presentar una reclamación de consumo, sepa que puede hacerlo a través de internet
La reclamación debe presentarla en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid. En este órgano se evaluará la posibilidad de que la reclamación se incorpore a la plataforma PMED.
La plataforma PMED es un sistema que permite tramitar las intermediaciones de manera segura a través de internet. Esta herramienta propicia una gestión a distancia, que no necesita de ninguna intervención de terceros, creando un entorno digital seguro, ágil y sencillo para la tramitación de las reclamaciones.
Desde dicha plataforma la empresa y el consumidor interactúan entre sí, de una manera directa, sin necesidad de enviar escritos y documentos a través de la Administración. De esta forma, la tramitación se simplifica.
Puede obtener más información sobre la plataforma PMED en el siguiente enlace.
He puesto una reclamación en Consumo de la Comunidad de Madrid. Me han mandado un escrito y tengo que mandar las alegaciones. ¿Cómo puedo hacerlo?
Durante el proceso de presentación de reclamaciones de consumo, es habitual que nos pidan ampliación de documentación o que se tengan que realizar alegaciones, tanto por parte del reclamante, como por parte del reclamado.
Si usted es el reclamante y necesita presentar alegaciones o documentación, puede hacerlo a través de este enlace.
Si la empresa reclamada tiene que presentar alegaciones o documentación podrán hacerlo a través de este enlace.
También puede acudir presencialmente a cualquiera de los registros existentes en la Comunidad de Madrid, solicitar cita previa y desde allí le ayudarán a enviar las alegaciones o documentación que le hayan solicitado.
Recuerde que si es una empresa, debe comunicarse con la administración vía telemática, por lo que puede que no le acepten la documentación en los registros físicos.
¿Pueden cobrarme una llamada al servicio de atención al cliente de mi compañía?
No, si es una compañía que presta servicios de carácter básico de interés general, deberán disponer, de un teléfono de atención al consumidor gratuito. Los servicios básicos de interés general son: los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen.
Si son otros servicios, la llamada a los servicios de atención al consumidor no podrá suponer un coste superior al de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar.
Me compré una lavadora el año pasado. Ahora me han cambiado una pieza del motor por una avería. ¿Esa pieza tiene también tres años de garantía?
No. Las piezas que repongamos de un electrodoméstico dentro del plazo de garantía no tienen un periodo aparte. Es decir, aunque cambiemos una pieza, el mantenimiento de esta se verá cubierto por el tiempo de garantía legal que aún nos quede por disfrutar en el electrodoméstico. Pasado ese tiempo, la pieza quedará también fuera del periodo de garantía, aunque haga poco tiempo que se produjo el cambio.
Quiero denunciar una cláusula abusiva en el contrato de un tarjeta revolving con mi banco. ¿Puedo reclamar ante el Banco de España?
No. Existen algunos supuestos que los servicios de reclamación del Banco de España no admiten a trámite. Estos casos son:
- Las cláusulas abusivas que podrán ser denunciadas ante los organismos de consumo o vía judicial
- La aplicación de los efectos de sentencias judiciales
- Las sospechas de que exista un ilícito penal
- Si los hechos ya están sometidos a un arbitraje o a un litigio penal
- La valoración de daños o perjuicios, que deberá reclamarse vía judicial
En el resto de casos, lo adecuado es poner los hechos en conocimiento de los tribunales de justicia.

