Resultados
¿Dónde puedo reclamar si me he visto afectado por el apagón eléctrico?
Depende del motivo de su reclamación y de quien deba asumir la responsabilidad del apagón.
Por eso desde la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid se aconseja esperar a que las autoridades establezcan la responsabilidad frente al incidente.
No obstante, lo primero que puede hacer es ponerse en contacto con la empresa con la que tuviese el problema para plantearle su situación y pedirle una solución. Si la empresa no contesta o la solución que le da no es satisfactoria, puede plantear una reclamación ante la administración. Es en este punto cuando es clave determinar quién tiene la responsabilidad del apagón o si es un caso de fuerza mayor, en cuyo caso la responsabilidad que asumen las empresas es diferente.
¿Cómo saber si estoy en el mercado libre o en el mercado regulado de luz?
En su factura de la luz puede comprobar el nombre completo de su comercializadora, que normalmente está en letra pequeña en un lateral o al final de la factura.
Una vez conozca el nombre de su compañía comercializadora, puede ver si está en el listado de comercializadoras de referencia. Si está en el listado anterior, usted está en el mercado regulado y por tanto paga por la luz el precio establecido por el gobierno (Precio voluntario para el pequeño consumidor PVPC).
Para disfrutar del bono social, debe estar en una comercializadora de referencia, es decir estar acogido al PVPC.
Si su comercializadora no está en el listado anterior, estará usted en el mercado libre, donde el precio de la energía puede variar respecto del PVPC, pero debe tener en cuenta que el precio de los impuestos y de la potencia es igual en mercado libre y regulado.
Para saber si le compensa más el precio del mercado libre o del mercado regulado debe tener en cuenta no solo el precio del kw, sino también el precio de otros servicios que pueda llevar asociado, como contrato de mantenimiento, o condiciones de permanencia.
Pida copia por escrito y lea las condiciones generales del contrato antes de firmarlo.
Tengo contratada la luz en el mercado libre, pero no estoy de acuerdo con la factura ¿Dónde debo reclamar?
Si su compañía comercializadora de la electricidad pertenece al mercado libre (lo cual puede comprobar en su factura) y quiere poner una reclamación por facturación incorrecta, puede presentarla a la Dirección General de Comercio Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid, mediante:
1.- Tramitación electrónica de reclamaciones, para lo cual necesitará firma electrónica. Rellene la hoja de reclamaciones y siga los pasos para registrarla también telemáticamente. Si tiene dificultades para enviar la documentación vía telemática le recomendamos contactar con el teléfono 012 / 91 580 42 60.
2.- Si no tiene firma electrónica puede bajarse la hoja de reclamaciones, cumplimentarla, firmarla y entregarla en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, en la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid, en cualquier Oficina de Registro o enviarla por correo administrativo desde cualquier oficina de correos.
3.- También puede acudir presencialmente a la Oficina de Atención al Consumidor. Para ello es necesario solicitar cita previa.
No olvide presentar toda la documentación que tenga relacionada con los hechos reclamados, como contratos, facturas o comunicaciones que haya tenido con la empresa.
Sepa que corresponde a la Oficina Municipal de Información (OMIC), la tramitación de todas aquellas reclamaciones en las que el reclamante y el reclamado tengan su domicilio en el mismo municipio, por lo que es preferible que lo presente allí directamente .
Para más información sobre electricidad puede consultar el siguiente enlace del Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid.
Tengo contratada la luz en el mercado regulado, pero no estoy de acuerdo con la factura ¿Dónde debo reclamar?
Si su compañía comercializadora de luz pertenece al mercado regulado, lo cual puede comprobar en su factura o consultando el siguiente enlace y, quiere poner una reclamación por facturación incorrecta puede presentar su reclamación a la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular:
1.- Presentarla mediante tramitación electrónica para lo cual necesitará firma electrónica. Rellene la hoja de reclamaciones y siga los pasos para registrarla también telemáticamente. Si tiene dificultades para enviar la documentación vía telemática, le recomendamos contactar con el teléfono 012/ 91 580 42 60.
2.- Si no tiene firma electrónica puede bajarse la hoja de reclamaciones, cumplimentarla, firmarla y entregarla en la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sita en C/ Ramírez de Prado nº 5 bis. 28045. Madrid. Debe solicitar cita previa y seleccionar el Registro de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo: C/ Ramírez de Prado 5 bis.
3.- Aunque también, una vez cumplimentada la hoja de reclamaciones, puede acudir presencialmente a cualquier otra oficina de registro.
Para que se pueda dar una tramitación adecuada a su reclamación debe aportar toda la documentación relacionada con el caso: Contrato, facturas, fotografías y cualquier documento o comunicación que haya tenido con la compañía.
Para más información sobre electricidad puede consultar el siguiente enlace del Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid:
Me han cobrado el 21% de IVA en la factura de la luz de diciembre. ¿Pueden hacerlo?
Sí. Desde enero de 2025 el IVA de la electricidad pasa del 10% al 25%.
Desde el 1 de enero todas las facturas de electricidad se emiten ya con el IVA del 21%, aunque el consumo corresponda a 2024, ya que la ley del IVA establece que el porcentaje que se aplica es el vigente en el momento de emitir la factura, no cuando se generó el consumo.
De todas maneras, compruebe siempre que le vayan facturando consumos reales, e intente evitar los consumos estimados. Para ello pongase en contacto con su compañía distribuidora de luz (no con la comercializadora) para darle la lectura del consumo real. En su factura deben indicarle cual es la compañía distribuidora.
Puede consultar más información sobre las facturas de luz en el siguiente enlace.
¿Cuál es el IVA que se debe aplicar a mi factura de luz?
A partir del 1 de enero de 2024, se comenzó a aplicar un 10% los meses en los que el precio medio del mes natural anterior supere los 45 euros/MWh. En caso de no superarlo, se aplicará el IVA del 21%. Esta medida recogida en el artículo 21 del Real Decreto-LEY 8/2023, de 27 de diciembre, estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
Mientras en febrero se ha aplicado un 10%, debido a la evolución a la baja del mercado, el consumo de marzo probablemente incluirá un IVA del 21%.
El único caso en que se mantendrá el IVA del 10% es para los clientes con bono social de consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
Por tanto, durante los próximos meses, algunas facturas llevarán un IVA del 21% mientras que en otras, será del 10%, dependiendo como hemos dicho antes, del precio que alcance la electricidad.
¿Qué sucede si realizo en mi domicilio un consumo eléctrico con una potencia superior a la que tengo contratada?
Las instalaciones eléctricas controlan el control de la potencia que cada domicilio tiene contratada a través del Interruptor de Control de Potencia (ICP), un dispositivo que forma parte del cuadro eléctrico de la instalación de nuestro hogar.
Cuando el consumidor de baja tensión que tiene contratada una potencia igual o inferior a 15Kw demanda una potencia superior a la que tiene contratada, se produce un corte automático del suministro a través del ICP.
En aquellos casos en los que el domicilio o el lugar de suministro no posee el ICP, el control de potencia se realiza a través de un maxímetro, un instrumento que permite identificar y cuantificar los excesos de potencia, los cuales se incluirán e la factura.
¿Cómo puedo ahorrar en el alumbrado de Navidad de mi casa?
Hay varias fórmulas con las que usted podrá ahorrar en el consumo energético durante la Navidad, sin renunciar al tradicional alumbrado que se exhibe estos días en los hogares madrileños.
Una de las fórmulas es utilizando las luces navideñas en los tramos horarios de menor coste en la factura de la electricidad. No olvide apagar las luces al salir de casa o antes de acostarse, de esta forma contribuirá no solo a un ahorro de energía, sino también a un consumo más responsable y seguro. Para más información sobre esta facturación por tramos, puede consultar el siguiente reportaje.
También dependerá de la tarifa de luz que tenga contratada, Para más información, consulte esta guía práctica sobre cómo interpretar la factura de la electricidad.
Para ahorrar consumo eléctrico es importante que se fije en las luces navideñas que va a comprar para estas fiestas. Además de atender al voltaje de las mismas, es recomendable que compre luces LED. Aunque este tipo de bombillas suele ser un poco más caras que las convencionales, también son mucho más eficientes y consumen hasta un 80% menos que las tradicionales.
He recibido una carta de mi comercializadora eléctrica anunciando que van a activar el Interruptor de Control de Potencia (ICP). ¿Qué es y qué consecuencias tiene?
El ICP es el Interruptor de Control de Potencia. Su función es controlar que la demanda eléctrica (potencia de los aparatos que se conectan a la vez), no supera la potencia contratada en instalaciones de hasta 15 kW de potencia. En el caso de que esto suceda, el interruptor procede a cortar el suministro eléctrico durante unos instantes. Su compañía le tiene que informar de cómo rearmarlo.
El ICP puede encontrarse en el panel eléctrico (cuadro de luz que tenemos en nuestras casas) y en el contador (aparato situado bien en el portal de nuestra comunidad de vecinos o en la fachada de nuestra vivienda).
Cuando se sustituyeron los contadores analógicos por los digitales, para evitar duplicidades con los ICP de los paneles eléctricos, las distribuidoras eléctricas no activaron los ICP de los contadores digitales, dejando que funcionaran los ICP que ya daban servicio en los cuadros de luz. Las distribuidoras están procediendo ahora a activar los ICP de los contadores digitales, previo aviso a sus clientes a través de una carta.
Recuerde que en su contrato de suministro eléctrico figura la potencia contratada. Una vez le activen el ICP, si usted supera la potencia contratada, puede que su comercializadora eléctrica le corte el suministro de luz durante unos minutos. Si ve que sufre cortes de luz frecuentes, consulte con su comercializadora, porque quizá tenga contratada una potencia inferior a la que necesita. Por ello, identifique qué potencia necesita (considere cuántos aparatos eléctricos precisa conectar a la vez y sus potencias, la superficie del inmueble, el número de habitantes y sus rutinas).
¿Cómo hacerlo? Usted podrá solicitar a su comercializadora la potencia que desee siempre que esté por debajo de la potencia máxima señalada en su CIE (Boletín Electrónico o Certificado de Instalación Eléctrica); si quiere superar esa potencia, o si su CIE tiene más de 20 años de antigüedad, deberá tramitar un nuevo CIE y aportarlo a la solicitud de cambio de potencia.
¿Cuánto cuesta? Consulte las condiciones con su distribuidora. La normativa permite solo un cambio de potencia al año, aunque algunas empresas están permitiendo alguno más. Tenga en cuenta que, el cambio de potencia conlleva unos costes de los cuales le tiene que informar su compañía.
Reducir la potencia ayuda a reducir el consumo, algo que no sólo favorece la eficiencia energética y la sostenibilidad, sino que supondrá un ahorro en su factura.
¿Cuál es la duración de un contrato de electricidad en el mercado regulado? ¿Puede darme de baja de forma anticipada?
Los contratos en mercado regulado son de duración anual, y se prorrogan de manera tácita por periodos continuados de un año.
Si usted quiere darse de baja de su contrato en Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y quiere pasar al mercado libre, sepa que puede hacerlo en cualquier momento sin coste alguno. Sin embargo, sepa que, al hacer este cambio, es importante que usted lea las condiciones de contratación, ya que la compañía puede exigirle un tiempo de permanencia que puede conllevar una penalización en caso de incumplimiento.
Para darse de baja, consulte con su compañía, que le indicará los pasos a seguir (formulario, número de teléfono, correo electrónico). Sea cual sea el procedimiento, es recomendable que solicite un justificante de la petición, para reclamar o resolver dudas en caso de incidente.
Si quiere profundizar, consulte la siguiente información sobre electricidad.

