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¿Cómo puedo ahorrar en el alumbrado de Navidad de mi casa?
Hay varias fórmulas con las que usted podrá ahorrar en el consumo energético durante la Navidad, sin renunciar al tradicional alumbrado que se exhibe estos días en los hogares madrileños.
Una de las fórmulas es utilizando las luces navideñas en los tramos horarios de menor coste en la factura de la electricidad. No olvide apagar las luces al salir de casa o antes de acostarse, de esta forma contribuirá no solo a un ahorro de energía, sino también a un consumo más responsable y seguro. Para más información sobre esta facturación por tramos, puede consultar el siguiente reportaje.
También dependerá de la tarifa de luz que tenga contratada, Para más información, consulte esta guía práctica sobre cómo interpretar la factura de la electricidad.
Para ahorrar consumo eléctrico es importante que se fije en las luces navideñas que va a comprar para estas fiestas. Además de atender al voltaje de las mismas, es recomendable que compre luces LED. Aunque este tipo de bombillas suele ser un poco más caras que las convencionales, también son mucho más eficientes y consumen hasta un 80% menos que las tradicionales.
He recibido una carta de mi comercializadora eléctrica anunciando que van a activar el Interruptor de Control de Potencia (ICP). ¿Qué es y qué consecuencias tiene?
El ICP es el Interruptor de Control de Potencia. Su función es controlar que la demanda eléctrica (potencia de los aparatos que se conectan a la vez), no supera la potencia contratada en instalaciones de hasta 15 kW de potencia. En el caso de que esto suceda, el interruptor procede a cortar el suministro eléctrico durante unos instantes. Su compañía le tiene que informar de cómo rearmarlo.
El ICP puede encontrarse en el panel eléctrico (cuadro de luz que tenemos en nuestras casas) y en el contador (aparato situado bien en el portal de nuestra comunidad de vecinos o en la fachada de nuestra vivienda).
Cuando se sustituyeron los contadores analógicos por los digitales, para evitar duplicidades con los ICP de los paneles eléctricos, las distribuidoras eléctricas no activaron los ICP de los contadores digitales, dejando que funcionaran los ICP que ya daban servicio en los cuadros de luz. Las distribuidoras están procediendo ahora a activar los ICP de los contadores digitales, previo aviso a sus clientes a través de una carta.
Recuerde que en su contrato de suministro eléctrico figura la potencia contratada. Una vez le activen el ICP, si usted supera la potencia contratada, puede que su comercializadora eléctrica le corte el suministro de luz durante unos minutos. Si ve que sufre cortes de luz frecuentes, consulte con su comercializadora, porque quizá tenga contratada una potencia inferior a la que necesita. Por ello, identifique qué potencia necesita (considere cuántos aparatos eléctricos precisa conectar a la vez y sus potencias, la superficie del inmueble, el número de habitantes y sus rutinas).
¿Cómo hacerlo? Usted podrá solicitar a su comercializadora la potencia que desee siempre que esté por debajo de la potencia máxima señalada en su CIE (Boletín Electrónico o Certificado de Instalación Eléctrica); si quiere superar esa potencia, o si su CIE tiene más de 20 años de antigüedad, deberá tramitar un nuevo CIE y aportarlo a la solicitud de cambio de potencia.
¿Cuánto cuesta? Consulte las condiciones con su distribuidora. La normativa permite solo un cambio de potencia al año, aunque algunas empresas están permitiendo alguno más. Tenga en cuenta que, el cambio de potencia conlleva unos costes de los cuales le tiene que informar su compañía.
Reducir la potencia ayuda a reducir el consumo, algo que no sólo favorece la eficiencia energética y la sostenibilidad, sino que supondrá un ahorro en su factura.
¿Con qué frecuencia tienen que leer el contador del gas?
La lectura de los contadores de gas debe hacerla la empresa distribuidora, que posteriormente los pasa a la comercializadora que es quien le emite la factura.
La lectura puede hacerse con periodicidad mensual o bimestral.
Si usted está en el mercado regulado deberán facturarle con periodicidad mensual o bimestral y en base a la lectura de su equipo de medida. Si no ha sido posible hacer una lectura de su contador, la compañía podrá facturarle en base a lecturas estimadas, pero deberán hacerle una regularización anual con lectura real.
Para evitar sobrecostes en la factura le recomendamos que de siempre su lectura real. Recuerde que en las facturas deben indicarle el procedimiento que debe seguir para enviar la lectura de su contador.
Si su contrato de gas es del mercado libre, la periodicidad de facturación vendrá establecida en el mismo.
¿Funciona el roaming en los cruceros?
No, solo podrá tener acceso al roaming cuando baje del barco y siempre que se encuentre en un país de la Unión Europea. Sus tarifas entonces serán las mismas que tenga contratadas en su país de origen, pero cuando esté navegando no se aplica el roaming.
Le aconsejamos que pregunte en su compañía telefónica por si hay alguna tarifa que se adapte a sus necesidades o que consulte en el propio crucero, ya que suelen ofrecer alternativas, por ejemplo pueden darle acceso a una red wifi del propio barco o puede que tengan a bordo cabinas de teléfono o le ofrezcan tarjetas de prepago. De lo contrario puede encontrarse con facturas elevadas.
Para los casos en los que el crucero se desplace por países de fuera de la Unión Europea, es recomendable que se informe de los precios que los operadores establecen para el servicio de itinerancia y comparar las distintas ofertas.
Si quiere más información puede consultar el siguiente reportaje del Portal del Consumidor sobre roaming y llamadas internacionales
Mi comunidad de propietarios tiene caldera de gas comunitaria para el agua caliente y la calefacción. ¿Puedo acogerme a la tarifa de último recurso de gas (TUR) si no tenemos instalados contadores individuales de calefacción o repartidores de costes?
Sí. El Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, posibilita que las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial o agrupaciones de comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial, con un consumo anual mayor que 50.000 kWh, puedan contratar la nueva tarifa de último recurso de gas natural. Para ello deben cumplir con unas condiciones:
- tener instalados contadores individuales de calefacción o repartidores de costes antes del 30 de septiembre de 2023.
- si el proyecto no es viable técnicamente, estas comunidades quedan eximidas de la obligación y podrán acogerse a la TUR. Sin embargo, si el proyecto se había rechazado por cuestiones económicas, las comunidades deberán instalar contadores individuales de calefacción o repartidores de costes si quieren disfrutar de la tarifa TUR.
Si su comunidad no tiene todavía instalados contadores o repartidores de coste, la solicitud de tarifa TUR debe ir acompañada de una declaración responsable en la que certifique el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos, y, en su caso, el de inviabilidad técnica, así como la autorización del proyecto por la unidad competente en esta materia, o en su defecto, del acuerdo de la Junta de propietarios en virtud del cual se haya aprobado la instalación de los contadores o repartidores de costes antes del 30 de septiembre de 2023.
Si quiere más información, puede acceder a la normativa vigente.
Soy beneficiario del bono social eléctrico ¿Cuándo voy a recibir el bono social térmico del año 2021?
El bono social térmico es una ayuda económica para consumidores vulnerables en lo que respecta a la energía destinada a calefacción y agua caliente. Actualmente, se está gestionando el bono social térmico del año 2021. Usted tendrá derecho a recibir la ayuda, siempre que estuviera acogido al bono social eléctrico a fecha 31 de diciembre de 2020.
Si es así, compruebe si aparece en el listado de beneficiarios que ha publicado la Consejería de Familia, Juventud y Política social. Si desea cambiar sus datos bancarios también deberá comunicarlo para que le ingresen el importe en su cuenta actual.
En el caso de que no aparezca en este listado de beneficiarios, esté pendiente a las actualizaciones, ya que se irán publicando nuevos listados de adjudicación de ayudas.
Para cualquier duda o consulta, puede ponerse en contacto a través del correo electrónico bono_social_termico@madrid.org o del teléfono 900 101 768.
Si quiere más información sobre el bono social térmico, puede consultar el siguiente contenido.
¿Cuál es la duración de un contrato de electricidad en el mercado regulado? ¿Puede darme de baja de forma anticipada?
Los contratos en mercado regulado son de duración anual, y se prorrogan de manera tácita por periodos continuados de un año.
Si usted quiere darse de baja de su contrato en Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y quiere pasar al mercado libre, sepa que puede hacerlo en cualquier momento sin coste alguno. Sin embargo, sepa que, al hacer este cambio, es importante que usted lea las condiciones de contratación, ya que la compañía puede exigirle un tiempo de permanencia que puede conllevar una penalización en caso de incumplimiento.
Para darse de baja, consulte con su compañía, que le indicará los pasos a seguir (formulario, número de teléfono, correo electrónico). Sea cual sea el procedimiento, es recomendable que solicite un justificante de la petición, para reclamar o resolver dudas en caso de incidente.
Si quiere profundizar, consulte la siguiente información sobre electricidad.
Hace semanas solicité el bono social eléctrico a mi compañía, pero todavía no he obtenido respuesta. ¿De qué manera me afectan las nuevas condiciones del bono social?
Las nuevas condiciones del bono social eléctrico son de aplicación desde el 29 de marzo de 2022, cuando entra en vigor el Real Decreto-ley 6/2022. Por lo tanto, si usted ha solicitado el bono social eléctrico antes de esta fecha, sepa que su solicitud, aún pendiente de resolución, se va a regir por los requisitos anteriores.
Dado que la reforma amplía las condiciones para poder ser beneficiario del bono social, si la compañía aún no ha resuelto su solicitud, sepa que usted puede volver a solicitarlo presentando el nuevo modelo, que puede encontrar aquí.
Las opciones de optar al bono social se han visto ampliadas con la reforma legislativa, ya que rebaja el nivel de ingresos mínimo exigido en función del número de personas que forman la unidad de convivencia.
Introduce también el concepto de unidad de convivencia (en sustitución del de unidad familiar), contemplando a todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial o como pareja de hecho.
Establece que las personas consumidoras ya no tienen que realizar el proceso de renovación cada dos años, sino que es la propia compañía la que renueva la concesión del bono social, tras verificar que se siguen cumpliendo los requisitos.
Si quiere más información sobre el bono social eléctrico, consulte el siguiente reportaje.
Quiero cambiar de compañía eléctrica para ahorrar en la factura de la luz. ¿Puedo perder el bono social que estoy disfrutando actualmente?
Sí, ya que el bono social debe tramitarlo con cada comercializadora.
Si usted ya disfruta del bono social de la electricidad, significa que su actual tarifa es la del Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC) y que pertenece al mercado regulado, ya que sólo las comercializadoras de referencia pueden ofrecer el bono social. Por tanto si quiere mantener los beneficios económicos del bono social, no tiene sentido cambiar a otra comercializadora de referencia ya que todas ellas le van a cobrar el mismo precio del PVPC.
El bono social supone descuentos en la factura, del 25% para los consumidores vulnerables y del 40% para los vulnerables severos.
Si cambia a una compañía del mercado libre, eligiendo entre las de este listado, sepa que perderá el derecho a seguir disfrutando de los descuentos del bono social.
Si se interesa por una tarifa del mercado libre, lea atentamente las condiciones del contrato, no sólo el precio del kilovatio, sino también durante cuánto tiempo es aplicable, ya que este precio puede cambiar pasado el primer año. Compruebe también si tiene permanencia y la penalización que tendría en el caso de rescindir el contrato, así como las condiciones de cancelación y si tiene asociado un coste de mantenimiento.
¿Me puede llamar una compañía para ofrecer me una tarifa de luz más barata?
Sí. Las llamadas comerciales están permitidas, por lo que usted puede recibir llamadas con ofertas de otras compañías eléctricas. Si alguna de estas ofertas le resulta interesante, tenga en cuenta lo siguiente antes de tomar ninguna decisión:
- Antes de dar el consentimiento al cambio de compañía, compare los precios con otros que haya en el mercado.
- Solicite que le envíen por escrito las condiciones que le están ofreciendo. Así podrá leerlas tranquilamente y en caso de tener que presentar una reclamación, le servirán para demostrar las condiciones que le ofrecieron.
- Compruebe si el nuevo precio está dentro del mercado regulado o del mercado libre. Recuerde que, si usted tiene bono social, debe tener precio regulado. Una vez que se pase al mercado libre seguramente tenga que permanecer un tiempo antes de poder volver a cambiarse de compañía, es lo que se denomina compromiso de permanencia.
Por lo tanto, antes de dar sus datos personales o los de su factura, asegúrese de cuál es la compañía que se ha puesto en contacto con usted y lea detenidamente las condiciones que le ofrecen.
Desconfíe si le insisten en aceptar la propuesta en la misma llamada, o si no le envían por escrito las condiciones de la oferta. Lo que puede parecer una solución a la subida de la luz, puede convertirse en un verdadero problema.

