Responsable: 
Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección: 

C/ Espartinas, 10

Código Postal: 
28001
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Salamanca
Transportes próximos: 
Teléfono: 

91 720 65 64

Competencias

 

El proceso de construcción europea se basa en los principios de la tolerancia y del respeto ajeno. Las manifestaciones de racismo xenofobia y antisemitismo constituyen un serio peligro para este proceso. Las Instituciones comunitarias han recalcado en repetidas ocasiones la importancia del respeto de los derechos humanos el cual constituye condición de la legalidad de los actos comunitarios.
El Consejo Europeo, mediante Resolución de 23 de julio de 1996, declaró el año 1997 «Año Europeo contra el Racismo». En esta línea, la Comunidad de Madrid decidió sumarse a esta iniciativa creando por Decreto 182/1996, de 5 de diciembre, el Comité Regional contra el Racismo y la Intolerancia, cuya vigencia concluyó con el propio «Año Europeo».
La obligación de respetar los derechos fundamentales y tenerlos en cuenta a la hora de formular y aplicar cualesquiera políticas o actos, que incumbe a los poderes públicos en el Estado de Derecho, ha llevado al Consejo Europeo a dar una nueva respuesta en favor de la tolerancia con la creación del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia, a través del Reglamento (CE) número 1035/1997, de 2 de junio.
En este marco, la Comunidad de Madrid, que no puede permanecer impasible ante los fenómenos disgregadores de la sociedad ha decidido en el ámbito de sus competencias, a instancia de la Resolución de la Asamblea de Madrid, de 16 de abril de 1998, la constitución del Observatorio de la Comunidad de Madrid contra el racismo y la intolerancia.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Presidencia e Interior, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la reunión del día 1 de julio de 1998, se aprobó el Decreto 136/1998, de 16 de julio que crea el Observatorio.

El Observatorio de la Comunidad de Madrid es un órgano consultivo dependiente de la Consejería de Presidencia e Interior en el momento de su creación pero que por Orden 24/2005 de 25 de octubre, pasó a depender de la Consejería de Inmigración y Cooperación (actualmente Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad).
El Observatorio esta destinado a proporcionar a la Comunidad de Madrid informaciones objetivas y comparables sobre los fenómenos de racismo e intolerancia, acaecidos en su ámbito territorial, que puedan resultar significativos la adopción de medidas y la definición de acciones propias de su esfera competencial.
Asimismo, fomenta y orienta, en el ámbito de sus atribuciones, la defensa y protección de los derechos de los ciudadanos madrileños en la lucha contra el racismo y la intolerancia.
El Observatorio tiene las siguientes funciones:

  1. Recoger, registrar y analizar las informaciones y datos objetivos y comparables sobre actos y actitudes racistas e intolerantes que tengan lugar en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  2. Analizar la amplitud y evolución de los fenómenos y manifestaciones de racismo e intolerancia que se produzcan en la Comunidad de Madrid, así como sus causas, consecuencias y efectos.
  3. Formular propuestas de actuaciones que puedan contribuir a remediar o limitar los fenómenos y manifestaciones de racismo e intolerancia en la Comunidad de Madrid.
  4. Participar en el proceso de otorgamiento de ayudas para la ejecución de proyectos contra el racismo y la intolerancia en la Comunidad de Madrid.
  5. Elaborar propuestas para fomentar las acciones preventivas de sensibilización de los ciudadanos en favor de la tolerancia en la convivencia social.
  6. Facilitar el acceso a la información de los ciudadanos sobre los regímenes de protección de los derechos fundamentales, tal como se regulan en Convenios y Tratados Internacionales, en colaboración con el Centro de Documentación Europea de la Comunidad de Madrid.
  7. Formular recomendaciones para facilitar el acceso a la Justicia de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid que hayan sufrido situaciones de racismo e intolerancia.
  8. Facilitar y fomentar la cooperación con los interlocutores sociales, centros de investigación y centros universitarios, organizaciones no gubernamentales especializadas y representantes de las autoridades públicas competentes para la organización periódica de mesas redondas, seminarios y reuniones y constituir, cuando sea necesario, grupos de trabajo para análisis de temas específicos.