Mesa de Políticas de Juventud de la Comunidad de Madrid
Órgano colegiado configurado como comisión de trabajo relativa a las políticas y proyectos para los jóvenes de la Comunidad de Madrid, tanto aquellos dirigidos directamente a la juventud como los que tengan incidencia en la misma.
La Mesa estará compuesta por la presidencia, la vicepresidencia, los vocales y la secretaría.
Presidencia: Titular de la dirección general competente en materia de juventud.
Vicepresidencia: Titular de una subdirección general adscrita a la dirección general competente en materia de juventud.
Vocales.: Serán nombrados por el consejero competente en materia de juventud para un período de cuatro años, compuesto por:
- Un representante por cada una de las Consejerías de la Comunidad de Madrid con rango de Director General.
- Cada secretaría general técnica propondrá un vocal suplente, también con rango de director general, que sustituirá al titular en caso de vacante, ausencia o enfermedad del mismo.
- Cinco representantes de las entidades y asociaciones de jóvenes y federaciones juveniles constituidas por estas, de ámbito regional que cumplan los requisitos previstos en el procedimiento de selección de los representantes de las asociaciones y federaciones, que serán elegidos mediante convocatoria pública a través del procedimiento regulado en el acuerda undécimo a decimoquinto.
Los vocales de las entidades, asociaciones de jóvenes y federaciones juveniles, serán designados por los representantes legales de las mismas.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad, podrán ser suplidos temporalmente por un miembro de la entidad, designado conforme a lo establecido en el acuerda decimoquinto.
En caso de que el número de entidades, asociaciones y federaciones que sean elegidos en la correspondiente convocatoria sea inferior a cinco, el número de vocalías en representación de entidades, asociaciones y federaciones quedará reducido, adaptándose al número de entidades, asociaciones y federaciones que hayan sido elegidas en la correspondiente convocatoria.
- Tres representantes del ámbito municipal, designados por la Federación de Municipios de Madrid, conforme a la siguiente distribución:
a) Un representante de municipios de menos de veinte mil habitantes.
b) Un representante de municipios de entre veinte mil y cincuenta mil habitantes.
c) Un representante de municipios de más de cincuenta mil habitantes.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad, podrán ser suplidos temporalmente por un miembro de la entidad designado por la Federación de Municipios de Madrid.
- Un representante de una entidad o asociación de personas mayores, a propuesta del Consejo Regional de Mayores, así como aquel que ostente la suplencia en caso de vacante, ausencia o enfermedad. Ambos serán designados por el director general que ostente las competencias en materia de personas mayores en la Comunidad de Madrid.
Secretaría: Persona que ostente la secretaría será un funcionario perteneciente al grupo A1 de cualquier cuerpo o escala adscrito a la dirección general competente en materia de juventud.
a) Promover la puesta en marcha y estudio de las políticas, programas y actuaciones que, con incidencia en la juventud, se ejecuten por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, en coordinación con las entidades juveniles.
b) Apoyar el impulso de aquellas medidas que puedan contribuir a mejorar las iniciativas y actuaciones en materia de juventud y a mejorar el desarrollo personal, familiar, social, educativo, económico, laboral, político y cultural de los jóvenes en nuestra región.
c) Promover la articulación de las medidas necesarias para una adecuada coordinación con las entidades juveniles y las distintas administraciones públicas.
d) Tener conocimiento de las líneas de actuación generales y prioritarias y de la elaboración y aprobación de planes, proyectos y actuaciones que afecten a los jóvenes.
e) Contribuir a la divulgación y difusión de las actuaciones llevadas a cabo porel Gobierno de la Comunidad de Madrid o por las entidades en beneficio de la juventud a todos los agentes interesados.
ACUERDO de 10 de junio de2026, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Mesa de Políticas de Juventud de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 152, 29 junio)
C/ del General Díaz Polier, 35
