Responsable: 
Doña Beatriz Martín de la Peña (Presidenta)
Municipio : 
Madrid
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

* Decreto 49/2003, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.

 

*Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 213, de 7 de septiembre)

 

Los órganos de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa son el Presidente, el Pleno y la Comisión Permanente.

El Pleno está compuesto por los siguientes miembros:

- Presidente: El/la Director/a General de Patrimonio y Contratación.

 

 

- Vocales:

• Los/las Secretarios/as Generales Técnicos/as de las Consejerías.

• El/la Abogado/a General de la Comunidad de Madrid.

• El/la Interventor/a General de la Comunidad de Madrid.

• El/la Director/a General de Transparencia, Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano.

• El/la Subdirector/a General de Coordinación de la Contratación Pública.

• Un/una representante de las organizaciones empresariales concernidas por la contratación administrativa.

- Secretario/a: El/la Jefe de la División de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.

La Comisión Permanente está formada por los siguientes miembros:

- El/la Presidente de la Junta.

- Vocales:

• El/la Secretario/a General Técnico/a de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.

• Un/una Secretario/a General Técnico/a o Secretario/a General designado/a por el/la Consejero/a de Hacienda y Función Pública atendiendo al volumen de contratación.

• El/la Abogado/a General de la Comunidad de Madrid.

• Un/a representante de la Intervención General de la Comunidad de Madrid.

• El/la Director/a General de Transparencia, Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano.

• El/la Subdirector/a General de Coordinación de la Contratación Pública.

- El/la Secretario/a de la Junta.

Competencias

Su régimen orgánico y funcional se regula en el capítulo II del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril.

Entre sus funciones se encuentran las de informar sobre las cuestiones que se sometan a su consideración, impulsar y promover la normalización de la documentación y las normas y medidas necesarias, y formular recomendaciones para la mejora del sistema de contratación pública; así como dirigir el Registro de Contratos.