Titular: 
Dirección: 

Pza. Puerta del Sol 7

Código Postal: 
28013
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Centro
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOCM nº 213, de 7 de septiembre)

Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 159, de 6 de julio)

* Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 150, de 26 de junio)

Competencias

Corresponde a la Dirección General de Medios de Comunicación, además de las previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, las siguientes competencias:
1. En materia de política informativa:
a) La coordinación de la política informativa del Gobierno, de las distintas Consejerías y de la Administración institucional, así como la elaboración de criterios para su determinación.
b) La coordinación de las relaciones del Gobierno con los medios informativos locales, nacionales y extranjeros.
c) La elaboración y difusión de los comunicados del Gobierno y de los de cualquier actividad generada por la Administración de la Comunidad de Madrid que ofrezca relevancia informativa.
d) El seguimiento, la recogida, ordenación y difusión en la Administración de la Comunidad de Madrid de las informaciones publicadas relativas a la Comunidad de Madrid.
e) El soporte a las actuaciones de los servicios informativos de la Administración de la Comunidad de Madrid mediante la gestión de los medios técnicos adecuados a tal fin.
f) La impartición y coordinación de las pautas de la imagen institucional de la Comunidad de Madrid, en particular de la Ley 2/1983, de 23 de diciembre, de la Bandera, Escudo e Himno de la Comunidad de Madrid, y de sus normas de desarrollo, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Reequilibrio Territorial.
g) La realización y distribución de publicaciones de servicio informativo, tales como la “Agenda de la Comunidad de Madrid”, la “Guía de la Comunicación de la Comunidad de Madrid” y el “Manual de Identidad Corporativa”.
h) La colaboración con los diversos organismos administrativos autonómicos en lo referente a asesoramiento periodístico, diseño de publicaciones y grabaciones audiovisuales.
i) La dirección y supervisión de los servicios de prensa de las Consejerías y, en su caso, de los organismos y entidades adscritos a la Administración de la Comunidad de Madrid.
2. En materia de publicidad institucional:
a) La coordinación y ordenación de toda la publicidad institucional de la Comunidad de Madrid y su Administración Institucional.
b) La prestación de la conformidad previa a la autorización prevista en el artículo 25.2 e) y el conocimiento de la comunicación previa establecida en dicho apartado.
c) La aprobación de los planes de medios de comunicación y sus modificaciones.
3. Las jefaturas de los servicios de prensa y comunicación de cada una de las Consejerías corresponden a los delegados de prensa, que dependerán de la Dirección de General de Medios de Comunicación.