Dirección General de Autónomos y Emprendimiento
Calle Rámirez de Pradó núm. 5 bis
91 580 52 22
* Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 150, de 26 de junio)
* Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 159, de 6 de julio)
* Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 213, de 7 de septiembre)
Corresponden a la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, con carácter general, las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
y demás normativa aplicable, y las competencias en materia de promoción e impulso del trabajo autónomo, del emprendimiento y de la economía social, así como las relativas a la responsabilidad social y, en particular, las siguientes:
a) El impulso y el fomento del autoempleo, el emprendimiento y la economía social desarrollen desde la Administración de la Comunidad de Madrid.
b) El diseño, la ejecución y la promoción de políticas públicas y programas que impulsen el trabajo autónomo y la economía social y promocionen la cultura emprendedora.
c) El diseño, la gestión, el seguimiento y el control de ayudas dirigidas a trabajadores autónomos, cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y otras entidades de la economía social, así como a sus asociaciones.
d) La ejecución de las competencias administrativas en materia de cooperativas y de sociedades laborales. La gestión del Registro de cooperativas regulado en el capítulo I de la Ley 2/2023, de 24 de febrero, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.
e) Cuando corresponda, las actividades administrativas de calificación, inscripción y certificación de los actos que deban tener acceso al Registro de Asociaciones Profesionales
de Trabajadores Autónomos.
f) El impulso y el fomento de la responsabilidad social en la Comunidad de Madrid y la coordinación de las actuaciones que en esta materia puedan promoverse desde aquella, así como el diseño, la gestión, el seguimiento y el control de programas
y ayudas para la difusión y el fomento de la responsabilidad social en la Comunidad de Madrid.
g) La elaboración, la promoción o, en su caso, el informe de los proyectos normativos y de otras medidas específicas que puedan desarrollarse en materia de autónomos, economía social y responsabilidad social.
h) Como responsable del tratamiento de datos personales, la gestión, coordinación y dirección del tratamiento de los datos en el ámbito de sus competencias, así como la determinación de los fines y los medios técnicos y organizativos que resulten
necesarios para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos personales.
La Dirección General de Autónomos y Emprendimiento se estructura en las siguientes unidades administrativas con nivel orgánico de subdirección general:
a) Subdirección General de Autónomos.
b) Subdirección General de Emprendimiento.