Comisión Interdepartamental de seguimiento del Teletrabajo
Plaza de Chamberí núm. 8
DECRETO 79/2020, de 16 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios (BOCM Nº 226 17/09/2020)
Elaborará con carácter anual un informe de seguimiento del teletrabajo , en el que se incluirán los principales datos cuantitativos, la valoración de los datos cualitativos, la medición, en su caso, de los resultados obtenidos y del grado de eficiencia del trabajo desarrollado, la identificación de las incidencias o deficiencias detectadas y, de proceder, las propuestas de mejora que pudieran considerarse oportunas.
Esta Comisión Interdepartamental estará constituida por el titular de la dirección general competente en materia de función pública, que la presidirá, y, com vocales, por los titulares de las secretarías generales técnicas de las distintas Consejerías y del máximo órgano responsable de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid. Realizará las funciones de secretaría, con voz pero sin voto, la persona designada por la presidencia entre el personal funcionario destinado en la dirección general competente en materia de función pública.