Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación
Pº Recoletos, 14
Responsable: Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades (Enrique Ossorio Crespo)
* Artículo 8 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, crea la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación, como órgano de coordinación de la acción de las Consejerías de la Comunidad de Madrid en materia de investigación científica, transferencia tecnológica e innovación basada en el conocimiento.
* Decreto 76/2016, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 165, de 13 de julio)
* Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía (BOCM nº 275, de 18 de noviembre)
* Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 155, de 1 de Julio)
Orden 3366/2021, de 12 de noviembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se nombra a los Vocales y Secretario de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 278, de 22 de noviembre)
ORGANIZACIÓN:
La Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad de Madrid estará compuesta por el Presidente, el Vicepresidente, los Vocales y el Secretario.
El Presidente será el titular de la Consejería competente en materia de investigación. (Enrique Ossorio Crespo)
El Vicepresidente será el Vocal designado por el titular de la Consejería competente en materia de economía.
El Consejero competente en materia de investigación nombrará un Vocal en representación de cada una de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Los Vocales, que deberán tener rango mínimo de Director General, serán propuestos por los titulares de las respectivas Consejerías. (Orden 3366/2021, de 12 de noviembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se nombra a los Vocales)
Secretario de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad de Madrid es el titular de la Subdirección General de Investigación de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica. (Bárbara Fernández-Revuelta Fernández-Durán).
La Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación funcionará en pleno o en comisiones de trabajo, cuya creación podrá ser acordada por la mayoría de sus miembros. En las comisiones podrán participar miembros de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación y cualquier persona con voz pero sin voto, previa invitación, que por razones de tipo técnico pueda prestar asistencia e información. La Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación podrá acordar la creación de cuantas comisiones de trabajo estime oportuno.
La Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad de Madrid asumirá, entre otras, las siguientes funciones:
a) Aprobación del proyecto de Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, previo informe del Consejo de Ciencia y Tecnología de la Comunidad de Madrid, para su elevación al Consejo de Gobierno por conducto de la Consejería competente en materia de investigación.
b) Planificación, coordinación y seguimiento del Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, pudiendo formular las propuestas que estime necesarias para asegurar su desarrollo y cumplimiento. Estas propuestas podrán elevarse al Consejo de Gobierno, si fuera necesario, por conducto de la Consejería competente en materia de investigación.
c) Evaluación de los recursos y necesidades presupuestarias y propuesta de asignación de los fondos públicos destinados a los diferentes programas que integren el Plan Regional.
d) Coordinación de las actividades de distintas Consejerías en materia de investigación científica e innovación tecnológica.
e) Articulación de las relaciones con otras Comunidades Autónomas, Entidades Locales, Universidades y organismos de ámbito nacional que correspondan.
f) Realización de propuestas relativas a la gestión de las ayudas en materia de investigación científica e innovación tecnológica, con el fin de mejorar su eficacia y facilitar el acceso a las mismas por cualesquiera interesados.
g) Unificación de las propuestas para la participación de la Comunidad de Madrid en programas y fondos europeos o internacionales de investigación científica e innovación tecnológica.
h) Asegurar la coordinación y eficacia en la realización y cumplimiento de los proyectos regionales que hayan sido financiados y estén vinculados a programas europeos.
i) Cualquier otra competencia que le pueda ser atribuida por el órgano competente.
* Miembros:
1. El Presidente será el titular de la Consejería competente en materia de investigación.
2. El Vicepresidente será el Vocal designado por el titular de la Consejería competente en materia de economía.
3. El Consejero competente en materia de investigación nombrará un Vocal en representación de cada una de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Los Vocales, que deberán tener rango mínimo de Director General, serán propuestos por los titulares de las respectivas Consejerías.