Comisión de Apoyo y Seguimiento de la Prestación Ortoprotésica de la Comunidad de Madrid
Paseo de la Castellana, 280
Decreto 84/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se regula el procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica y las ayudas por gastos de desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, con fines asistenciales
a) Efectuar los estudios que se consideren necesarios en relación con la prestación ortoprotésica y el Catálogo General de Material Ortoprotésico vigente en cada momento.
b) Analizar las modificaciones normativas que se propongan en relación con la prestación ortoprotésica en la Comunidad de Madrid y el Catálogo General de Material Ortoprotésico vigente en cada momento.
c) Proponer los protocolos de indicación médica sobre los distintos productos incluidos en la prestación ortoprotésica que sean necesarios, relacionados con la prescripción de material ortoprotésica, así como los protocolos de actuación en relación
con la prestación ortoprotésica en la Comunidad de Madrid.
d) Asesorar a la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria como responsable de la prestación ortoprotésica en la Comunidad de Madrid sobre cualquier cuestión suscitada con dicha prestación.
e) Informar periódicamente a la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria del estado de la gestión de la prestación ortoprotésica en la Comunidad de Madrid.
f) Cualquier otra función de apoyo, auxilio y asesoramiento que se considere, en aquello relacionado con la prestación ortoprotésica en la Comunidad de Madrid.
Miembros
1.- Presidencia: la persona titular de la Secretaría General del Servicio Madrileño de
Salud o persona en quien delegue.
2.- Secretario: la persona titular de la unidad gestora de la prestación ortoprotésica.
3.- Un representante de la unidad gestora de la prestación ortoprotésica distinto
del actuante como secretario.
4.- Dos representantes de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria
de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, a propuesta de su titular.
5.- Cuatro facultativos especialistas en medicina física y rehabilitación, pertenecientes
a hospitales del Servicio Madrileño de Salud.
6.- Dos facultativos especialistas en cirugía ortopédica y traumatología, pertenecientes
a hospitales del Servicio Madrileño de Salud.
7.- La Comisión a su vez podrá estar asistida cuando lo considere oportuno, por expertos
en la materia de que se trate.