Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid
La Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid se configura como ente público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, con personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar y autonomía de gestión.
Consejo de Administración: Artículo 10 de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (VER DESCARGAS)
C/ Embajadores 181
Acuerdo del Consejo de Administración de 29 de mayo de 2020, por el que se aprueba la estructura y el organigrama de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid hasta el siguiente nivel organizativo al de Consejera-Delegada.
Resolución 377/2020, de 1 de julio de la Consejera Delegada por la que se modifica la estructura y organigrama de la Agencia a partir del siguiente nivel organizativo al de Consejera-Delegada y se asignan responsabilidades en determinadas unidades organizativas.