Proyecto de Decreto de la Consejería de Vivienda y Administración Local, por el que se modifica el Decreto 103/2016, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el Informe de Evaluación de los Edificios

Proyecto de reglamento
Con motivo de los cambios normativos habidos desde la publicación de la norma, es conveniente adaptar el citado Decreto 103/2016, de 24 de octubre. Concretamente en cuanto a la nueva exigencia básica introducida dentro del Documento Básico de Salubridad, HS 6: Protección frente a la exposición al radón del Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. El radón es un gas radiactivo natural procedente de la cadena de desintegración del uranio y, por tanto, ubicuo en la naturaleza. Sus productos de desintegración se pueden inhalar y depositar en el tracto broncopulmonar. Actualmente, el radón está considerado como la principal fuente de exposición a la radiación natural para los humanos y como la segunda causa de muerte por cáncer de pulmón después del tabaquismo. El radón del terreno puede penetrar y acumularse en el interior de los edificios a través de las grietas y juntas de los cerramientos del edificio en contacto con el terreno, e incluso a través de la masa de los materiales porosos que forman los propios cerramientos. La afección se produce en todos los edificios, siendo necesario su control fundamentalmente en viviendas por ser el uso en el que más horas se produce la exposición. Por representar un problema de salubridad grave para la población, se considera necesario hacer mediciones de los niveles a los que se está expuesto. Estas mediciones en los edificios existentes, se generalizarán en los municipios con riesgo significativo en el uso residencial, estableciendo la obligatoriedad de su medición en el Informe de Evaluación de los Edificios, de manera informativa, igual que el Certificado de Eficiencia Energética. La obligatoriedad de las mediciones se impodrá en los edificios sujetos a la realización del Informe de Evaluación de los Edificios situados en los municipios listados en el Apéndice B de la Sección HS 6 del CTE en los hay una probabilidad significativa de que los edificios allí construidos sin soluciones específicas de protección frente al radón presenten concentraciones superiores al nivel por encima del cual no se deberían producir exposiciones. En este listado aparecen 145 términos municipales de la Comunidad de Madrid, 59 clasificados como zona I y 86 clasificados cono zona II, existiendo en la zona II mayor probabilidad que en la zona I de contar con altas concentraciones de radón en el interior de los edificios, en base a las medidas realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear. El ciudadano que desee formular aportaciones a este proyecto puede hacerlo a través del Portal de Participación. Plazo de alegaciones: 15 días naturales a partir del siguiente a la publicación en el Portal de Transparencia (del 08 al 22 de marzo de 2021, ambos inclusive)  

Consulta pública

Plazo de publicación para presentar aportaciones (ambos incluidos): 
De 08/03/2021 hasta 22/03/2021
Fecha de publicación de Consulta Pública: 
05/03/2021

Publicación del proyecto y memoria de análisis impacto normativo

Fecha publicación proyecto-Memoria análisis impacto normativo: 
13/05/2021
Fecha de publicación de la memoria: 
13/05/2021

Informe de Oficina de Calidad Normativa

Fecha del Informe: 
13/05/2021

Trámite de audiencia e información pública

Plazo para formular alegaciones (ambos incluidos): 
De 07/06/2021 hasta 25/06/2021
Texto informativo del Trámite de Audiencia: 
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a audiencia e información pública el Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 103/2016, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el informe de evaluación de los edificios en la Comunidad de Madrid y se crea el Registro Integrado Único de Informes de Evaluación de los Edificios de la Comunidad de Madrid El plazo para la formulación de alegaciones es de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el Portal de Transparencia. El referido expediente podrá ser consultado, durante el plazo indicado, en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid. Las alegaciones y aportaciones podrán realizarse a través del formulario telemático habilitado al efecto, en cuyo caso deberá indicarse en el formulario, como destinatario, la Secretaría General Técnica. En el apartado relativo al "Registro" deberá seleccionar la Consejería de Vivienda y Administración Local. El formulario podrá presentarse también a través de los restantes medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigido a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Vivienda y Administración Local, sita en la Calle Maudes nº 17, 28003 de Madrid.
Fecha de publicación del trámite de Audiencia: 
04/06/2021