05-OPEN-00105.6/2024

Aclaración sobre si resulta de aplicación al personal de la empresa pública incluida en el ámbito de aplicación del convenio del personal laboral de la Comunidad de Madrid, y con contrato indefinido, lo previsto en al artículo 48 apartado 2 letra g/ provisión de puestos de carrera y en el artículo 163 del convenio colectivo teniendo en cuenta lo recogido en el punto 2 del artículo 158 donde cita expresamente que podrá disfrutar de la excedencias únicamente el personal laboral fijo.
Fecha de la resolución: 
11/06/2024
Tipo resolución: 
Unidad Competente: 
DG Recursos Humanos (Economía)
Temática: