Plan de Inspección de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria 2024
Corresponden a la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, entre otras, las facultades inspectoras en materia sanitaria y farmacéutica, así como la evaluación, inspección y seguimiento de las prestaciones del sistema de seguridad social en la Comunidad de Madrid.
En el Plan de Inspección de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria para 2024 se enmarcan los siguientes planes parciales:
- Plan Parcial de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios
- Plan Parcial de Inspección Sanitaria
- Plan Parcial de Evaluación Sanitaria
- Plan Parcial de Inspección y Ordenación Farmacéutica.
Destinatarios
Ciudadanos, empresas e instituciones de la Comunidad de Madrid
Duración
Anual
Líneas Estratégicas
- La salvaguarda de los derechos de los ciudadanos.
- El cumplimiento de la normativa vigente.
- La identificación y priorización de actuaciones en aquellas áreas con mayor riesgo para la salud.
- La comprobación de las autorizaciones y de las prestaciones sanitarias, evitando el uso inadecuado, el fraude o posibles desviaciones que puedan producirse.
- La focalización de actuaciones en áreas o actividades donde se hayan producido un mayor número de reclamaciones o denuncias, alertas o situaciones de riesgo.
Objetivo
Velar por la protección de la salud de los ciudadanos y la salvaguarda de los derechos de los usuarios de la Comunidad de Madrid, supervisando el cumplimiento de la normativa vigente con la máxima eficiencia y efectividad mediante la actuación coordinada de las diferentes Áreas y Subdirecciones Generales de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria con competencias en el ámbito de la inspección.
Programa presupuestario
311N
Objetivos concretos
- Comprobar la adecuación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios a los requisitos técnico-sanitarios normativamente exigibles para su apertura y funcionamiento.
- Detectar y evitar el funcionamiento de actividades sanitarias sin la preceptiva autorización administrativa.
- Proponer la adopción de las medidas adecuadas para preservar la salud de los ciudadanos, en los supuestos en que se detecte la existencia de un riesgo en la actividad asistencial.
- Comprobar la adecuación de la publicidad médico-sanitaria de los centros, servicios y establecimientos sanitarios a la normativa sanitaria vigente y a las características de la actividad autorizada.
- Verificar que los vehículos de transporte sanitario terrestre reúnen las condiciones y características exigibles en la normativa sanitaria de aplicación.
- Ejecutar las actuaciones de inspección que permitan la mejor gestión de la incapacidad temporal.
- Comprobar la adecuación a las normas y la idoneidad de la prestación farmacéutica en aquellos tratamientos farmacológicos que precisen autorización previa.
- Verificar la adecuación de la actuación sanitaria de los profesionales de los centros públicos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud, en los supuestos en que así se solicite por el órgano instructor de un expediente de reclamación por responsabilidad patrimonial.
- Emitir juicio técnico en los expedientes de reclamación en materia de reintegro de gastos y ortoprótesis, a petición del órgano instructor.
- Desarrollar actuaciones de comprobación y esclarecimiento de hechos y circunstancias objeto de expedientes de información reservada o disciplinarios de personal adscrito a la Consejería de Sanidad, así como actuaciones de comprobación del funcionamiento de las unidades asistenciales de los centros públicos.
- Evaluar las características de la asistencia prestada por los centros y servicios que conforman la Red Sanitaria de Uso Público de la Comunidad de Madrid, comparándolas con criterios de calidad, requisitos fijados y estándares reconocidos.
- Verificar que las estructuras y el funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos se adecuen a la normativa aplicable.
- Comprobar la adecuación de la prescripción, dispensación y el adecuado uso de medicamentos financiados con fondos públicos.
- Evaluar los contenidos y el desarrollo de las actividades de información y promoción de medicamentos y productos sanitarios a profesionales y ciudadanos.
- Comprobar que el desarrollo de la investigación con medicamentos cumple con los aspectos éticos, metodológicos y legales.
- Vigilar el cumplimiento de la legislación en materia de prestación farmacéutica, medicamentos, productos sanitarios y cosméticos.
Actividades a desarrollar
- Inspecciones, auditorías y evaluaciones en centros, servicios y establecimientos sanitarios y farmacéuticos.
- Revisión de los procesos de Incapacidad Temporal y visado e inspección de recetas médicas.
- Emisión de informes técnicos en los expedientes de reclamación de reintegro de gastos y ortoprótesis y de reclamación patrimonial.
Medios personales
Personal del Cuerpo Superior de Inspección (médicos y farmacéuticos), del Cuerpo de Subinspectores Sanitarios, del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública (médicos, veterinarios y farmacéuticos), Cuerpo de Diplomados en Salud Pública y personal administrativo.
Tiempo de consecución
Anual
Indicadores resultado percepción
- número de inspecciones
- número de procesos de Incapacidad Temporal (IT) revisados
- número de recetas autorizadas por visado
- número de evaluaciones y auditorías sanitarias
- número de alertas farmacéuticas
- número de recetas inspeccionadas.