El Decreto 52/2016, de 31 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Parque de Viviendas de Emergencia Social y se regula el proceso de adjudicación de viviendas de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, prevé la posibilidad de que las viviendas de titularidad del Organismo puedan ser adjudicadas o cedidas a personas jurídicas sin ánimo de lucro para el cumplimiento de fines de interés público o social, debiendo destinarse a residencia de personas físicas comprendidas en el ámbito de los fines institucionales propios de la entidad adjudicataria.
El agua es un bien esencial y de primera necesidad, pero extremadamente limitado, cuya disponibilidad se ve en no pocas ocasiones afectada por períodos de sequía prolongados, como están sufriendo en este momento determinadas regiones de España, por lo que una modificación tarifaria destinada a incentivar el consumo responsable permitiría afrontar con mayor garantía de abastecimiento esos períodos de sequía.