El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, atribuye en su artículo 26.1.29, la competencia exclusiva a la Comunidad de Madrid en materia de casinos, juegos y apuestas, a excepción de las apuestas Mutuas Deportivo-Benéficas. Este título competencial habilita la actuación legislativa de la Comunidad de Madrid en esta materia.
En virtud de dicha competencia se aprobó la Ley 6/2001, de 3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid, que regula los principios y aspectos básicos del juego en nuestro territorio.