Una vez desarrollada la estructura, se ha advertido que la atribución de competencias a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español relativas a la gestión de la inscripción en un registro de las personas físicas o jurídicas que se dediquen habitualmente al comercio de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid y al ejercicio de las competencias sancionadoras, en materia del libro, requiere ajustarse para su adecuación, respectivamente, a la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, y a la Ley 7/2023