12. ¿Es obligatoria la tramitación electrónica del recurso?

El capítulo IV del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en material contractual y de organización de Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, aprobado por Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (RPER) establece que la tramitación del recurso y cualesquiera otros trámites necesarios para el desarrollo del procedimiento se realizarán por vía electrónica.