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Por ejemplo, 07/08/2026
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5 registros de 5813
  • Resolución: 285/2019
    Fecha: 04/07/2019
    Desestimación de recurso especial contra acuerdo de aceptación por órgano de contratación de baja temeraria del adjudicatario. El informe del adjudicatario acredita la viabilidad de la oferta y el informe técnico justifica y motiva suficientemente este extremo.
  • Resolución: 284/2019
    Fecha: 04/07/2019
    Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de gestión de la central de esterilización. Se comprueba que al oferta de la adjudicataria cumple las exigencias del PPT.
  • Resolución: 283/2019
    Fecha: 04/07/2019
    Desestimación de recurso contra contrato de servicios de Metro de Madrid, donde el recurrente es excluido por no acreditar la habilitación profesional requerida. Pretende hacer valer la propia de la subcontratista que lo es para otra fase de ejecución del contrato. Se impone multa al considerar la existencia de mala fe y temeridad.
  • Resolución: 282/2019
    Fecha: 04/07/2019
    Estimación de recursos contra las exclusiones de la Mesa en un contrato de servicios por presentación electrónica de ofertas fuera de plazo. Acumulación. Inexistencia de regulación de la presentación electrónica de proposiciones en el PCAP, e insuficiente información en el anuncio, sin indicar sistema de licitación a emplear, forma de acceso, ni ninguna información o enlace. La presentación en papel, deducida de la regulación del PCAP, se efectuó en plazo. En este supuesto no debe derivarse para los recurrentes el grave perjuicio de su exclusión de la licitación, al deberse la presentación fuera de plazo en gran medida debido a un error que no les es imputable, en aplicación del principio de proporcionalidad del artículo 131 de la LCSP y el 1.288 del código civil.
  • Resolución: 281/2019
    Fecha: 04/07/2019
    Desestimación de recurso contra contrato de servicios en el que es necesaria la acreditación de habilitación profesional para la ejecución de parte de ellos. La habilitación profesional se declara con una determinada empresa, en el momento procesal de acreditación de la solvencia, ante la ausencia de habilitación de la primera empresa declarada, se cambia de mercantil aportando una que si está debidamente habilitada. La solvencia requerida debe poseerse cuando termina el plazo de presentación de ofertas, en caso contrario se considera que la licitadora no tiene capacidad para contratar. Voto particular del Presidente del Tribunal que entiende que la acreditación de la solvencia se efectúa una vez clasificadas las ofertas y es entonces cuando se aporta el nombre de la subcontratista y su habilitación.

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