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Por ejemplo, 11/08/2026
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-Formato nnn/aaaa Ej. 030/2016-
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5 registros de 5813
  • Resolución: 500/2019
    Fecha: 28/11/2019
    Desestimación de recurso contra contrato de mantenimiento. Se solicita como solvencia técnica determinadas certificaciones de calidad. El recurrente presenta una de ellas cuya fecha de validez ha finalizado antes de iniciarse el plazo de presentación de ofertas. No hay prórroga, pero sí se encuentran efectuando las gestiones para migrar a otra certificación que en un futuro la va a sustituir, no obteniendo la acreditación hasta días antes de la adjudicación del contrato. Se excluye la oferta por carecer de la solvencia requerida.
  • Resolución: 499/2019
    Fecha: 28/11/2019
    Estimación recurso especial. Procedencia de concesión de plazo para subsanación de deficiencias de la propuesta técnica valorable como criterio de adjudicación. Aplicación de criterio antiformalista favorecedor de la concurrencia sin que se vean vulnerados los principios de la contratación pública.
  • Resolución: 498/2019
    Fecha: 28/11/2019
    Inadmisión de recurso especial ya que el motivo del recurso fue resuelto en el Tribunal en Resoluciones anteriores. Aplicación del efecto de cosa juzgada.
  • Resolución: 497/2019
    Fecha: 28/11/2019
    Desestimación recurso especial. El protocolo del contrato derivado incluye pluralidad de criterios, frente a la adjudicación del acuerdo marco que establecía criterio único precio. Por tanto, para la determinación de la temeridad se aplica el artículo 152.2. Al no establecerse criterios en este sentido en el protocolo de contratación de los contratos derivados no opera la temeridad. La oferta del licitador al ofertar un precio inferior al de adjudicación del acuerdo marco es correcta. Dichos precios operan como precios máximos.
  • Resolución: 496/2019
    Fecha: 28/11/2019
    Desestimación recurso especial, En criterio de adjudicación sujeto a criterios subjetivos se incumple el mínimo de horas de limpieza previsto en PPT. No se produce la exclusión, ni se ha cuestionado, por lo que la valoración realizada, para no empeorar la situación del licitador debe considerarse correcta.

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