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5 registros de 5813
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Resolución: 264/2020Fecha: 01/10/2020Estimación de recurso contra pliegos de contrato de concesión de servicios. Exigencia de solvencia económica a los licitadores de volumen de negocio anual por importe mínimo de 1,5 el valor estimado del contrato de concesión calculado sobre un periodo de 10 años. Vulneración del principio de proporcionalidad con el objeto del contrato, limitación de concurrencia, y restricción de la participación de PYMES. Aplicación del art. 87 de la LCSP. Criterio de solvencia técnica no ajustado a lo dispuesto en los artículos 74.2 y 87.4 LCSP.
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Resolución: 263/2020Fecha: 01/10/2020Desestimación de recurso contra un contrato de servicios de formación, en el que el recurrente pretende la nulidad de la adjudicación alegando que la puntuación obtenida por el adjudicatario frente a la suya no está bien calculada. Se desestima a la vista de los informes técnicos y comprobación en las propias ofertas.
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Resolución: 262/2020Fecha: 01/10/2020Recurso contra la exclusión por baja temeraria. Desestimación. Informe sobre la justificación conciso pero suficiente para conocer los motivos de la inviabilidad de la oferta. Motivación reforzada.
resolucion-262-2020.pdf (78.49 KB) -
Resolución: 261/2020Fecha: 01/10/2020Desestimación, al superar la oferta el precio estimado para el lote conforme al número de unidades estimadas en cada uno de los dos suministros licitados dentro del mismo.
resolucion-261-2020.pdf (65 KB) -
Resolución: 260/2020Fecha: 01/10/2020Estimación de recurso contra la adjudicación de diversos lotes de un contrato de limpiezas, tras sentencia judicial. Las adjudicaciones recaen sobre los mismos adjudicatarios iniciales en tres lotes y solo otro cambia de contratista. El Órgano de contratación, en sus nuevas adjudicaciones inicia nuevamente el cómputo del plazo de los contratos, pasando en consecuencia a variar un elemento esencial de la contratacion, cual es el plazo. Existe unanimidad del Tribunal en entender que en el caso de los adjudicatarios que no ven variada su adjudicación, deben conservarse los actos y los contratos tendrán la duración inicial. Pero en el caso del lote que cambia de adjudicatario la posición mayoritaria es que disfrutará del plazo que reste y el resto deberá ser indemnizado. Se emite voto particular que entiende la posición contraria, es decir, que el nuevo adjudicatario disfrutara de todo el plazo, aunque rebase el inicialmente establecido.
resolucion-260-2020.pdf (125.71 KB)
