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Por ejemplo, 09/08/2026
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-Formato nnn/aaaa Ej. 030/2016-
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5 registros de 5813
  • Resolución: 047/2025
    Fecha: 30/01/2025
    Requisitos formales presentación de oferta. Presentación extemporánea de la oferta. Las ofertas han de presentarse en el plazo otorgado y la consecuencia de su incumplimiento es la inadmisión de las misma, salvo en aquellos supuestos que se acredite que la causa no es imputable al licitador. 
  • Resolución: 046/2025
    Fecha: 30/01/2025
    Legitimación. Inadmisión por falta de legitimación por infringir el principio de proposición única
  • Resolución: 045/2025
    Fecha: 30/01/2025
    Mejora como criterio de adjudicación. Desestimación de recurso que pretende anulación de criterio de adjudicación de ampliación del plazo de garantía previsto en los pliegos. No se trata de una mejora pues no es una prestación adicional a la prevista en pliegos, por lo que no se aplican requisitos exigibles a las mejoras.
  • Resolución: 044/2025
    Fecha: 30/01/2025
    Solvencia técnica. Falta de acreditación de la solvencia en la adscripción de medios humanos a la ejecución del contrato La adjudicataria manifiesta la imposibilidad de acreditar los méritos exigidos al personal que ejecutara el contrato, previamente a la adjudicación, al tratarse de empleados con derecho a subrogación y no contar esa información que se encuentra protegida por la Ley de Protección de Datos. La mesa de contratacion acuerda que se acrediten los méritos de todos los trabajadores adscritos previamente a la formalización. Improcedencia del acuerdo de la mesa por no ser competente para modificar los pliegos de condiciones que son lex inter parte
  • Resolución: 043/2025
    Fecha: 30/01/2025
    Solvencia técnica. Controversia sobre los servicios prestados que acreditan la solvencia técnica. El recurrente plantea que la solvencia técnica no ha sido acreditada y que para su comprobación se debe reclamar la presentación de los PIAs de cada uno de los residentes privados. Esta información es susceptible de protección por la LPD. Imposibilidad de comprobación a traves de documentos protegidos por la LPD. El Tribunal considera que la acreditación de la solvencia se ha realizado conforme a pliegos y no debe admitirse la propuesta del recurrente. Se desestima el recurso.

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