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Por ejemplo, 06/08/2026
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-Formato nnn/aaaa Ej. 030/2016-
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5 registros de 5813
  • Resolución: 141/2025
    Fecha: 10/04/2025
    Valoración de las ofertas. Acreditación de la solvencia técnica (CPV).  La valoración de los criterios sujetos a juicio de valor, previamente destacados los ítems a valorar esta dotada de discrecionalidad técnica, que solo puede obviarse en caso de error o arbitrariedad. El recurrente no demuestra tales circunstancias. En cuanto a la acreditación de la solvencia técnica se consideraran servicios similares aquellos cuyos tres primeros dígitos coincida con el código CPV, salgo que el PCAP establezca otra similitud.
  • Resolución: 140/2025
    Fecha: 07/04/2025
    Solvencia técnica empresas de nueva creación.El contrato no está sujeto a regulación armonizada por lo que le es de aplicación el artículo 90.4. de la LCSP, debiendo recogerse en el PCAP los medios para acreditar la solvencia técnica para las empresas de nueva creación. 
  • Resolución: 139/2025
    Fecha: 04/04/2025
    Legitimación. Inadmisión de recurso por falta de legitimación de la recurrente, que no habiendo participado en la licitación, no alega más interés que el de ser usuaria de la instalación
  • Resolución: 138/2025
    Fecha: 04/04/2025
    Cumplimiento de prescripciones técncias y su determinación. Desestimación del recurso pues no se aprecian en la oferta del adjudicatario los incumplimientos de obligaciones de los pliegos, ni de la prohibición de subcontratación, alegados por la recurrente.
  • Resolución: 137/2025
    Fecha: 04/04/2025
    Presupuesto Base de Licitación. Legitimación de Asociación Empresarial. La recurrente considera que el PBL no esta bien calculado al no tener en cuenta correctamente los salarios establecidos en el convenio colectivo sectorial de aplicación. Se comprueba el calculo del PBL y se desestima el recurso

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