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Por ejemplo, 03/08/2026
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5 registros de 5813
  • Resolución: 354/2025
    Fecha: 04/09/2025
    El fondo del asunto se circunscribe al análisis de la suficiencia de la motivación de la exclusión de la oferta presentada por la recurrente al Lote 1 de la licitación. Informe técnico presunción de acierto y veracidad, no habiendo probado la recurrente que sea manifiestamente erróneo o se haya dictado en clara discriminación de los licitadores
  • Resolución: 353/2025
    Fecha: 04/09/2025
    LEGITIMACIÓN. Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que el adjudicatario y los otros tres primeros clasificados no han justificado su oferta incursa en presunción de anormalidad. Inadmisión por falta de legitimación, ya que por delante de la recurrente se encuentran 15 ofertas que no han sido objeto de impugnación por lo que la estimación del recurso no le produciría ningún beneficio cierto.
  • Resolución: 352/2025
    Fecha: 04/09/2025
    Contratos reservados. Estructura de costes. División en lotes. Legitimación de concejales. Se impugnan  los pliegos de condiciones por concejal que no forma parte de la Junta de Gobierno local. La impugnación no es estimada en cuanto a la división en lotes y a la estructura de costes, en este caso por no ser acto recurrible. Se estima en cuanto a la falta de datos en el listado de personal a subrrogar y en la no consideración del contrato como reservado de conformidad con a DA 19 de la Ley 7/2022 y la DA 4 de la LCSP
  • Resolución: 351/2025
    Fecha: 04/09/2025
    Allanamiento del órgano de contratación. Decisión de no adjudicar por votación del Pleno Municipal sin motivar dicho acuerdo y sin cumplir ninguno de los requisitos que establece el artículo 152 de la LCSP.
  • Resolución: 350/2025
    Fecha: 04/09/2025
    Aclaración de la oferta. Ante la complejidad del contrato el  órgano de contratación solicita a los licitadores aclaración sobre sus ofertas especialmente en la correspondencia del presupuesto con las actuaciones recogidas en la memoria técnica por ellos presentada. Resultando que el primer clasificado ha modificado la oferta en uno de los puntos a analizar y se demuestra que no cumple con las prescripciones técnicas en otros tres de los puntos analizamos, lo que conlleva la exclusión de la oferta.

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