Certificados exigidos a los profesionales del transporte
Habilitaciones profesionales para el transporte por carretera
Las normativas nacional y europea exigen una serie de habilitaciones profesionales para desempeñar determinadas funciones en el ámbito del transporte profesional por carretera que se concretan en una serie de certificaciones, cuyo reconocimiento y expedición la Comunidad de Madrid ejerce competencias por delegación.
Para los conductores
Para aquellos que ejerzan profesionalmente la actividad del transporte como conductores dentro de la Unión Europea, tanto de mercancías como de viajeros, y no se hallen en posesión de un permiso D, D1, D1+E o D+E anterior a 11 de septiembre de 2008 o C, C1, C1+E o C+E anterior a 11 de septiembre de 2009, deberán obtener el certificado de aptitud profesional (CAP).
Este certificado acredita que el conductor ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial de los conductores.
Para más detalles sobre el CAP, su obtención y renovación, acceda al siguiente enlace.
Para información sobre las pruebas del CAP, acceda aquí.
Para los empresarios del transporte
Para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, a fin de cumplir el requisito de competencia profesional, la empresa deberá acreditar que cuenta al menos con una persona física que ejerce las funciones de gestor de transporte, la cual deberá estar en posesión del certificado expedido por la Administración que acredite su competencia profesional para el transporte por carretera de viajeros o mercancías.
Para más detalles sobre la obtención de este certificado, acceda a este enlace.
Para obtener información sobre las pruebas de competencia profesional, acceda aquí.
Para el transporte de mercancías peligrosas
La normativa de la Unión Europea impuso a las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril o vía navegable o que efectúen operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la obligación de contar con, al menos un consejero de seguridad, encargado de contribuir a la prevención de los riesgos que, para las personas, los bienes o el medio ambiente, implican tales actividades. Los certificados acreditarán haber superado un examen que faculta al interesado para el ejercicio de las funciones de consejero de seguridad e incluirán las especialidades a las que puede optar examinarse. Estas especialidades se clasifican en función de la tipología de materias peligrosas que se transportan.
Para más detalles sobre la obtención de este certificado, acceda a este enlace.
Para más información sobre las pruebas de consejeros de seguridad, pinche aquí.
Para conductores de fuera de la UE
Para la conducción por cuenta ajena de vehículos dedicados a la realización de transportes de mercancías o de viajeros en autobús, ya sean públicos o privados complementarios, será necesario, además de contar con la preceptiva autorización administrativa habilitante para su prestación, que cuando el conductor del vehículo sea nacional de un tercer país no perteneciente a la Unión Europa aquélla se acompañe de un certificado de conductor.
El certificado ha de ser solicitado por la empresa para la que el conductor trabaje, aunque su permiso de conducir haya sido expedido por la autoridad española.
Para más detalles sobre la obtención de este certificado, acceda a este enlace.