
Programa piloto de auxiliares de danza en educación primaria
La Comunidad de Madrid comenzará a impartir en el curso 2023-2024 clases de danza a más de 13.000 alumnos de Educación Primaria.
En los próximos días se convocarán 50 plazas de auxiliares de danza que llevarán a cabo esta innovadora labor dentro del área de Arte en Educación Primaria.
Los auxiliares de danza, titulados en Enseñanzas Profesionales de esta disciplina, actuarán como auxiliares de los maestros de Educación Primaria.
Contacto:
aux.danza@madrid.org
Descripción del programa
En el área de Educación Artística de educación primaria, los contenidos se organizan en dos bloques, siendo el Bloque I «Música y danza». Dentro de este primer bloque, la normativa madrileña reconoce diversos elementos que hacen especial referencia a la danza como elemento esencial del currículum de primaria, tales como en el primer ciclo "Nociones básicas del lenguaje expresivo y representación dramáticas elementales. Iniciación a la danza y coreografías sencillas" o "el interés en la experimentación a través de ejecuciones individuales y grupales vinculadas con el movimiento, la danza, la dramatización y la representación teatral como medio de comunicación, expresión, diversión y fomento de la creatividad", en el segundo y tercero.
Con el fin de fomentar el conocimiento y la difusión de la danza, el folclore y la cultura popular, que van siempre de la mano de la música, las canciones y los juegos populares; de combatir el sedentarismo infantil, la obesidad, el riesgo de depresión, y el aislamiento, así como de trabajar la motricidad del alumnado en años clave, la Comunidad de Madrid implantará a partir del curso 2023/24 un programa de auxiliares de danza en los centros educativos de la región.
Esta iniciativa permitirá, al propio tiempo, formar nuevos públicos, y descubrir vocaciones y talentos, a la vez que se transmite el legado de la música, la danza, la dramaturgia, y la cultura oral y popular, entroncando con siglos de enseñanzas artísticas a la juventud española, tal y como describen la literatura, las crónicas y las biografías; enseñanzas que se habían ido perdiendo y se hace necesario recuperar. La danza, la música, las fiestas populares y el teatro han unido característicamente durante siglos en España a todas las clases sociales, edades, sexos y oficios.
España, y especialmente Madrid, son una potencia cultural de larga tradición en la danza y la música. La Comunidad de Madrid cuenta con una amplia y excelente red de conservatorios, y es prioritario trabajar por los egresados de los conservatorios profesionales, contribuyendo a su capacitación profesional para el ejercicio de la docencia y la transmisión del patrimonio artístico y popular a las nuevas generaciones.
A estos efectos, se convocarán ayudas para auxiliares de danza que se incorporarán a los colegios de educación primaria de la Comunidad de Madrid.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días, contados a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Tener nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros del Espacio Económico Europeo, o residencia permanente y legal en España.
- Haber superado las Enseñanzas Profesionales de danza y obtenido el título correspondiente.
- Ser mayor de edad (haber cumplido 18 años) y ser menor de 60 años con respecto del 1 de septiembre del año de inicio del correspondiente curso.
- No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de sus funciones como auxiliar.
- Carecer de delitos de naturaleza sexual, lo que se acreditará mediante un certificado negativo de delitos de naturaleza sexual.
- Dominio del idioma español. Sólo se requerirá prueba documental en los casos en que no se trate de candidatos españoles o de países de habla hispana.
Estos requisitos deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, y mantenerse hasta la finalización del respectivo curso académico.
No podrán ser beneficiarios quienes ya sean empleados públicos (ya sean funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal eventual, o personal laboral) en cualquier Administración, quienes estén prestando actividad en un centro privado sostenido con fondos públicos o quienes estén incursos en alguna de las circunstancias y prohibiciones que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Centros adscritos
Colegios públicos y concertados distribuidos por todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
Preguntas frecuentes
En este apartado podrás resolver algunas dudas sobre la convocatoria de ayudas.