
Becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad
Becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad
Plazo de subsanación ampliado
Debido a una incidencia técnica en la aplicación IDENTIFICA se amplía el plazo de presentación de subsanaciones
HASTA EL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE
Listas de solicitudes presentadas y excluidas 2023-2024

Enlace de acceso a la consulta individual de PRESENTADOS y EXCLUIDOS
Se abre el plazo de presentación de SUBSANACIONES desde el día 12 de septiembre al 25 de septiembre
Convocatoria curso 2023-2024
Requisitos de los SOLICITANTES
Estas becas se dirigen a jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que en el año de la convocatoria vayan a realizar estudios en Programas de Segunda Oportunidad, en modalidad presencial y que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar matriculado en un centro docente situado en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizado por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades o, en su caso, en cualquier entidad sin ánimo de lucro que despliegue su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y no tenga suscrito convenio de colaboración específico o contrato con la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades ni con otro organismo público para subvencionar este tipo de actividades.
- Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y reconocido como beneficiario a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
SOLICITUD: Desde el día 7 de julio de 2023 hasta el día 27 de julio de 2023, ambos inclusive. Trámite finalizado
SUBSANACIÓN: Desde el día 12 de septiembre de 2023 hasta el día 25 de septiembre de 2023, ambos iclusive.
NORMATIVA de la convocatoria
- Bases Reguladoras
- Convocatoria:
Documentación a presentar
La subsanación se podrá entregar presencialmente en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las subsanaciones también se pueden presentar de forma telemática, a través del siguiente enlace:
SUBSANACIÓN TELEMÁTICA
Una vez se haya accedido al enlace, deberá pulsar TRAMITAR y en el espacio de tramitación pulsar CUMPLIMENTAR en “Subsanación electrónica”.
SOLICITUD firmada por el alumno y:
- Si no está emancipado, los padres y todos los miembros de la unidad familiar, mayores de edad, que figuren en la solicitud.
- Si está emancipado también deberán firmar los mayores de edad que compongan su unidad familiar y figuren en la solicitud.
Para acreditar la situación familiar, se presentará SIEMPRE copia del Libro de Familia, Partida de Nacimiento o certificado del Registro Civil acreditativo de los miembros de la unidad familiar.
Para consultar todos los casos, puedes acceder a:
Certificado de matriculación, coste del curso y compromiso de colaboración, conforme al modelo incluido en el Anexo I de la convocatoria, expedido y sellado por la secretaría del centro donde se realice el curso.
La información, así como el procedimiento para darse de alta en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil se facilita por Servicio Público de Empleo Estatal/Garantía Juvenil.
Inscripción en Garantía Juvenil
Preguntas Frecuentes

Preguntas más frecuentes en la fase de presentación de SUBSANACIONES
NUEVOS BENEFICIARIOS 2022-2023
Orden 1593/2023 del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades por la que se determinan nuevos beneficiarios de becas para el Estudio de Programas de Segunda Oportunidad para el curso 2022/2023
Orden 1240/2023 del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades por la que se determinan nuevos beneficiarios de becas para el Estudio de Programas de Segunda Oportunidad para el curso 2022/2023
Instrucciones para los CENTROS EDUCATIVOS
Resolución del Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se dictan instrucciones para la gestión del abono de las becas para el estudio de programas de Segunda Oportunidad, cofinanciada por el Fondo Social Plus correspondiente al curso 2022-2023.
Aquí puedes consultar la RESOLUCIÓN y los ANEXOS I, II y V