donaciones

Donaciones

AddToAny

Este impuesto ha de presentarse cuando una persona, en vida, cede gratuitamente bienes o derechos a otra persona física.

Alegaciones

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Accede al modelo en este enlace https://sede.comunidad.madrid/impuestos-tasas-precios-publicos/alegaciones-aportacion-documentos

 

En cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano. También podrá presentarse en las Oficinas de Correos a través del ORVE (Registro Virtual de entrada), sin necesidad de realizar un envío certificado, y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

Accede al modelo en este enlce

https://sede.comunidad.madrid/impuestos-tasas-precios-publicos/alegaciones-aportacion-documentos

Podrá presentarse en las Oficinas de Correos a través del ORVE (Registro Virtual de entrada), sin necesidad de realizar un envío certificado,

Accede al modelo en este enlace

https://sede.comunidad.madrid/impuestos-tasas-precios-publicos/alegaciones-aportacion-documentos